Alquileres

Ley de Vivienda: cuáles son los nuevos requisitos para desalojar a los okupas

Esto dice la nueva ley de vivienda sobre la situación de los okupas en el país.

España está en pleno debate por el derecho a la vivienda. Y si bien, el precio de los alquileres está en el centro, la norma busca incluir medidas de protección para personas vulnerables en caso de desahucio

Por este motivo, el Partido Popular (PP) acusa al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de promover una norma que es un "chollo para los okupas". En este sentido, sostienen que la ley es un "incentivo" a la ocupación y que "obstaculiza" que los propietarios recuperen sus viviendas.

 Como alternativa promete el desalojo de los okupas en 24 horas, endurecer las penas por ocupar viviendas, asesoría gratuita a los propietarios afectados o unidades especializadas en las policías locales, según informó EFE. 

Ley de Vivienda: ¿cómo regularía la relación entre propietarios y okupas?

En los últimos años las ocupaciones ilegales han crecido en España al punto de generar gran preocupación para los propietarios de viviendas, debido al creciente miedo de que una o más personas se instalen en sus inmuebles deshabitados.

 De acuerdo a los datos oficiales del Ministerio del Interior de España, en el primer semestre del año pasado había un total de 10.220 ocupaciones, un 5,43% menos que las que se contabilizaron en los primeros meses de 2021.

Madrid y Andalucía habrían reducido este fenómeno un 15,4% y un 6,26%, respectivamente. En cambio, la Comunidad Valenciana o Extremadura, han visto incrementada esta actividad hasta un 23%, según EFE.

La nueva Ley de Vivienda busca proporcionar a los propietarios las herramientas necesarias para defender sus inmuebles modificando la ley de enjuiciamiento criminal y el desalojo de okupas.

Según el medio Huffington Post los propietarios podrán recurrir a la intervención de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, pero deberán cumplir con una serie de requisitos para pedir que sean desalojados. Para ello: 

  • Los dueños deberán gestionar un certificado en donde se confirme que no es un gran tenedor de propiedades (5 o más inmuebles).
  • En el mismo deberá constar también si los okupas usan el inmueble como vivienda habitual o no.
  • Si el propietario es gran tenedor, deberá certificar que antes de demandar, buscó la forma de conciliar con los okupas, siempre y cuando estén considerados en situación de vulnerabilidad.
  • La demanda se desestimará si "el inmueble es vivienda habitual del ocupante".

Por último, las fuerzas de seguridad no podrán desalojar sin una orden y deberán comunicar el día y hora en el que realizarán el procedimiento.

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