Los ciudadanos de España y del resto de la Unión Europea podrán utilizar desde el móvil una nueva Cartera Europea de Identidad Digital, conocida como EUDI Wallet, para identificarse ante servicios públicos y privados y almacenar determinadas credenciales oficiales en formato digital.
La herramienta forma parte del nuevo marco europeo de identidad digital establecido por el Reglamento (UE) 2024/1183, que modificó el anterior sistema eIDAS. La norma obliga a cada Estado miembro a proporcionar al menos una cartera digital compatible con los estándares comunes europeos.
Por lo tanto, esto significa que no se tratará de una aplicación única desarrollada por Bruselas para todos los países miembro. Cada país podrá ofrecer su propia solución, aunque el requerimiento es que todas cumplan con los estándares comunes que permitan utilizarlas de forma interoperable en los distintos Estados miembros.
Qué documentos se podrán llevar en la Cartera Europea de Identidad Digital
La cartera permitirá a sus usuarios acreditar su identidad y almacenar o presentar documentos y atributos digitales desde el teléfono móvil. Entre los casos de uso contemplados oficialmente por la Comisión Europea, se encuentra el permiso de conducir móvil, además de credenciales académicas, recetas médicas y documentos relacionados con la seguridad social.
Además, el sistema podrá vincular la identidad digital nacional de cada usuario con otros atributos personales, como el permiso de conducir, títulos educativos o información necesaria para determinados servicios bancarios. Por ejemplo, esto permitirá identificarse para realizar un trámite público, abrir una cuenta bancaria o acreditar una cualificación.
En el caso de España, el cambio no implica que la Unión Europea vaya a crear un nuevo DNI. Por el contrario, la normativa establece un marco para que las identidades digitales nacionales puedan reconocerse en los Estados miembros.
Esto se debe a que España ya cuenta con una infraestructura eIDAS que permite utilizar el DNI electrónico para identificarse ante determinados servicios públicos de otros países europeos.
Entre los proyectos de prueba desarrollados antes del despliegue definitivo también se han probado otros usos. Entre ellos, se encuentra la firma electrónica de documentos, los pagos, las recetas médicas digitales, la acreditación de estudios o el acceso a prestaciones de seguridad social.
Cuándo estará disponible la nueva cartera digital de la UE
El Reglamento europeo establece que cada Estado miembro deberá proporcionar al menos una cartera dentro de los 24 meses siguientes a la entrada en vigor de los actos de ejecución que fijaron sus requisitos técnicos y de certificación.
La Comisión adoptó el primer paquete de normas técnicas a finales de 2024 para establecer las funcionalidades, formatos, requisitos de seguridad y procedimientos de certificación.
Incluso, la propia Comisión establece que los Estados miembros deberían tener a disponibilidad al menos una cartera compatible antes de que termine 2026. Durante 2027 continuarán otras fases del despliegue y entrarán en juego obligaciones de aceptación para determinados prestadores privados, aunque constituyen plazos diferentes.
La Comisión lleva varios años probando el funcionamiento del sistema mediante proyectos piloto a gran escala que incluyen servicios públicos, banca, telecomunicaciones, permisos de conducir digitales, sanidad, educación y pagos.
La Cartera de Identidad Digital será voluntaria y permitirá elegir qué datos compartir
El uso de la Cartera Europea de Identidad Digital será voluntario para los ciudadanos. El reglamento garantiza el derecho a disponer de ella, pero no obliga a utilizarla para sustituir otros medios de identificación.
Uno de los objetivos centrales del sistema es que el usuario conserve el control sobre los datos que comparte. La Comisión pone como ejemplo la posibilidad de demostrar que una persona supera determinada edad sin revelar necesariamente su fecha de nacimiento completa ni otros datos de identidad que no sean necesarios.
Las especificaciones europeas también contemplan mecanismos para conocer qué entidades han solicitado información y qué datos se han compartido. Asimismo, la Comisión sostiene que las carteras deberán aplicar principios de minimización de datos y disponer de funciones orientadas a la privacidad y la seguridad.
El objetivo final de la medida es que una cartera emitida conforme a las reglas europeas pueda utilizarse también fuera del país que la proporcionó, evitando que el ciudadano tenga que crear nuevas identificaciones para cada administración o servicio compatible dentro de la Unión.