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Elecciones generales 2023: habilitaron la página web para solicitar el voto por correo, ¿cómo pedirlo?

Las personas que deseen participar de las elecciones por correo ya podrán enviar sus solicitudes. Todos los detalles en la nota.

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A partir de este miércoles 31 de mayo, los electores ya pueden solicitar a través de internet el voto por correo para las elecciones generales del 23 de julio, desde la web de Correos, sin tener que acudir en persona a una oficina postal.

Los que opten por esta modalidad para votar podrán hacerlo hasta el 13 de julio para solicitar el certificado de su inscripción en el censo electoral correspondiente, un requisito imprescindible para participar de las elecciones.

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Los requisitos para solicitar el voto electrónico 

Con este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante firma electrónica. Además, se aceptarán como identificación los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

¿Cómo es la solicitud de voto que se tramita por oficina?

Los electores pueden también solicitar el voto por correspondencia en todas las oficinas de Correos. Lo deben hacer personalmente, salvo en caso de enfermedad o discapacidad (acreditada mediante certificación médica) que le impida la formulación personal de dicha petición.

En ese caso, lo puede presentar en su nombre otra persona autorizada notarialmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.

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Elecciones generales 2023 (foto: archivo).

Para agilizar los trámites y evitar esperas, Correos ofrece la opción de cita previa para solicitar el voto en oficinas, a través de la app, la web o la oficina virtual. Para ello, solo se deberá seleccionar la oficina disponible y elegir el día y la hora que más le convengan.

¿Cuándo termina el plazo para solicitar el voto por correo?

Luego, el Correo entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 3 de julio, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

Se recuerda a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 19 de julio de 2023.

Fuente: EFE

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