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La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restableció las pensiones no contributivas por invalidez laboral que habían sido suspendidas en Catamarca, en cumplimiento de una medida cautelar dictada por el Juzgado Federal N° 2 de esa provincia.
La medida judicial fue impulsada por el Defensor del Pueblo de Catamarca, Dalmacio Mera, en representación de un grupo de pensionados afectados. El fallo ordenó a ANDIS reanudar los pagos en un plazo de 24 horas, devolver los haberes retenidos y suspender todas las auditorías en curso, así como evitar nuevas suspensiones hasta que haya una sentencia definitiva.
¿Qué cambia en las pensiones por discapacidad?
La resolución establece que se dejarán sin efecto las suspensiones vigentes y se reactivarán los pagos de las pensiones por invalidez laboral. Además, se instruyó a la Dirección de Asignación de Apoyos Económicos y Liquidación a no iniciar ni continuar auditorías mientras esté vigente la medida judicial.
La ANDIS también deberá notificar a los beneficiarios, garantizar el presupuesto para cubrir los pagos y coordinar con ANSES la reactivación de las prestaciones. La resolución se dicta en el marco de las facultades otorgadas por los decretos 698/2017 y 601/2025, que establecen la intervención del organismo por 180 días.
¿Qué pasará con las auditorías?
Las auditorías se aplicaban a pensiones otorgadas bajo la Ley 13.478 y el Decreto 432/97, excluyendo a menores de edad y personas ya evaluadas en 2024. El proceso incluía:
- Turnos asignados desde marzo de 2025.
- Notificación por carta documento con fecha, hora y lugar de evaluación.
- Evaluación médica realizada por profesionales del PAMI.
- Envío de documentación escaneada por TAD, ANSES, correo postal o en sedes de ANDIS.
- Suspensión del beneficio en caso de inasistencia sin justificación.
Con la nueva resolución, todo este procedimiento queda suspendido en Catamarca hasta nuevo aviso.
¿Quiénes pueden acceder a la pensión por invalidez laboral?
La pensión no contributiva por invalidez está destinada a personas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener una incapacidad total y permanente (66% o más de disminución en la capacidad laboral).
- No percibir ninguna otra jubilación, pensión o prestación.
- No estar empleado ni registrado como autónomo o monotributista (excepto monotributo social).
- No contar con ingresos suficientes ni familiares obligados legalmente a brindar sustento.
- Ser argentino nativo o naturalizado con residencia en el país (extranjeros deben acreditar 10 años de residencia).
- No estar detenido ni a disposición de la Justicia.
Desde octubre, se suma el requisito de actualizar la dirección postal, ya que las notificaciones judiciales se envían por correo físico.
¿Cuánto se cobra por la pensión por invalidez en octubre 2025?
La ANSES confirmó un aumento del 1,88% en los haberes de octubre. Con el bono de $ 70.000, el monto total a cobrar es de $ 298.408,87 ($ 228.408,87 de haber + $ 70.000 de bono extraordinario).















