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El Gobierno reglamentó el nuevo procedimiento para que las empresas de exploración minera puedan recuperar los créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) previstos en la Ley de Inversiones Mineras.
A través de la Resolución General 5879/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el régimen quedó incorporado al Sistema Integral de Recupero (SIR), la plataforma que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) utiliza para tramitar distintos mecanismos de devolución y acreditación de impuestos.
La norma no crea un beneficio nuevo, sino que reglamenta cómo deberán tramitarse las solicitudes bajo un esquema digital unificado.
Para las empresas del sector, el cambio implica que el recupero de los créditos fiscales por gastos de exploración pasará a canalizarse a través del SIR, con requisitos específicos, controles estandarizados y un procedimiento común para todas las presentaciones.
El régimen alcanza a las empresas que realizan tareas de exploración minera comprendidas en el artículo 14 bis de la Ley 24.196, que les permite recuperar el IVA generado por determinadas importaciones y adquisiciones de bienes y servicios vinculados con la actividad cuando esos créditos fiscales permanezcan inmovilizados durante doce períodos fiscales y conformen saldo técnico a favor.
Cómo funcionará el nuevo procedimiento
El anexo incorporado a la Resolución General 5173 establece por primera vez el procedimiento completo que deberán seguir las empresas para solicitar el recupero del impuesto dentro del SIR.
Define los sujetos alcanzados, el alcance del beneficio, la documentación exigida, los controles de la autoridad de aplicación y las condiciones para resolver cada solicitud.
Uno de los principales cambios es que todas las presentaciones deberán realizarse mediante el servicio “SIR - Sistema Integral de Recupero”.
Las empresas podrán efectuar hasta cuatro solicitudes por año calendario, correspondientes a los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, e incluir en cada una la totalidad de los créditos fiscales que se encuentren en condiciones de ser recuperados.
Antes de completar la presentación definitiva, el solicitante deberá autorizar que la información sea compartida con la autoridad de aplicación en materia minera, que verificará la consistencia de los datos y la vinculación técnica entre los comprobantes y los proyectos de exploración declarados.
Una vez otorgada esa conformidad dentro del propio sistema, la empresa podrá finalizar la solicitud ante el organismo recaudador.
Los requisitos que deberán cumplir las empresas

La reglamentación también incorpora una serie de exigencias específicas para acceder al beneficio.
Entre ellas, las compañías deberán encontrarse inscriptas en el Registro Fiscal de Actividades Mineras, haber cumplido con las obligaciones correspondientes a los regímenes de retención del IVA cuando actúen como agentes de retención y detraer previamente del saldo técnico del impuesto el monto por el que solicitan el recupero.
Además, cada presentación deberá estar acompañada por un informe emitido por un contador público independiente.
Ese profesional deberá pronunciarse sobre la razonabilidad del impuesto facturado, la legitimidad de los créditos fiscales incluidos en la solicitud y su efectiva vinculación con las tareas de exploración minera que generan el derecho al beneficio.
El informe también deberá verificar, entre otros aspectos, la existencia de los bienes involucrados, la situación de determinados proveedores y que los créditos fiscales reclamados no hayan sido financiados mediante otros regímenes promocionales incompatibles.
Qué puede cambiar para las empresas
El régimen está especialmente diseñado para una etapa de la actividad minera en la que las compañías realizan inversiones intensivas, acumulan importantes créditos fiscales de IVA y todavía no generan ventas suficientes para absorber esos saldos mediante el débito fiscal.
En ese contexto, el nuevo procedimiento busca concentrar en un único sistema digital la presentación, validación y tramitación de las solicitudes de recupero previstas por la Ley de Inversiones Mineras.
La estandarización del proceso también establece reglas uniformes para la carga de comprobantes, la identificación de los proyectos de exploración y la intervención de la autoridad de aplicación dentro de una misma plataforma informática.
Los créditos fiscales alcanzados por este régimen podrán destinarse a cancelar impuestos nacionales, obligaciones de la seguridad social o solicitar directamente su devolución, siempre que se cumplan las condiciones previstas por la normativa.
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