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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ofrece a pequeños contribuyentes la opción de adherirse a un régimen simplificado. Este sistema unifica el componente previsional y el componente impositivo en un único arancel mensual.
Cada seis meses, el ente recaudador evalúa si los titulares están en la categoría del monotributo que les corresponde. En caso de no cumplir con los topes de facturación establecidos en cada jerarquía, los trabajadores autónomos deberán iniciar el trámite de recategorización.

Monotributo 2023: ¿por qué MARA solicitó una actualización en los topes de facturación?
La agrupación de Monotributistas Asociados de la República Argentina (MARA), presidido por Noelia Villafañe, exigió una modificación del 41,5% en los topes de facturación para todas las categorías del monotributo.
"El Poder Ejecutivo tiene la facultad de actualizar exclusivamente los topes sin que eso implique pagar más de cuota. Frente a la pérdida del poder adquisitivo, eso sería muy injusto", declaró Villafañe.
Monotributo 2023: ¿en qué consiste la recategorización?
El trámite de recategorización consiste en la evaluación de parámetros que deben efectuar los monotributistas para saber si deben mantener la categoría en la que están registrado o modificarla. Los periodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio.

Monotributo 2023: ¿cómo hacer la recategorización?
Quienes hayan registrado cambios en sus ingresos, deberán iniciar el trámite de recategorización siguiendo los siguientes pasos:
- Acceder a Monotributo | AFIP con CUIT y Clave Fiscal;
- Dirigirse a la opción "Recategorización" y seleccionar "Recategorizarme";
- Presionar el botón "Continuar recategorización";
- Informar el monto facturado en los últimos 12 meses e indicar si tenés o usas un local para el desarrollo de tu actividad;
- Si son los datos ingresados son correctos, seleccionar "Confirmar categoría".
Monotributo 2023: ¿cuáles son los nuevos topes máximos de facturación en las distintas categorías?
Desde enero 2023, los nuevos topes anuales de cada una de las categorías en base a los ingresos brutos son:
- Categoría A: $ 999.657 anuales o $ 83.305 por mes.
- Categoría B: $1.485.976 anuales o $ 123.831 por mes.
- Categoría C: $ 2.080.367 anuales o $ 173.363 por mes.
- Categoría D: $ 2.583.720 anuales o $ 215.310 por mes.
- Categoría E: $ 3.042.435 anuales o $ 253.536 por mes.
- Categoría F: $ 3.803.043 anuales o $ 316.920 por mes.
- Categoría G: $ 4.563.652 anuales o $ 380.304 por mes.
- Categoría H: $ 5.650.236 anuales o $ 470.853 por mes.
- Categoría I: $ 6.323.918 anuales o $ 526.993 por mes
- Categoría J: $ 7.247.514 anuales o $ 603.959 por mes.
- Categoría K: $ 8.040.721 anuales o $ 670.060 por mes.













