

La Cámara Federal de Casación Penal concedió este lunes la prisión domiciliaria a Julio De Vido, exministro de Planificación durante el kirchnerismo. Los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci dio lugar a un pedido de la defensa del exfuncionario, quien cumple una condena de cuatro años en la cárcel de Ezeiza por la tragedia de Once.
El tribunal revocó así la resolución del Tribunal Oral Federal, que había rechazado el beneficio para el exfuncionario. La medida implica también “controles periódicos” y queda sujeta a la modalidad que determine el magistrado interviniente.
Al fundamentar su decisión, el tribunal tuvo en cuenta el delicado estado de salud del exministro, que incluyó un infarto sufrido el 1 de abril y que fue calificado por los expertos como “un paciente de alto riesgo cardiovascular”.
Según el expediente, De Vido “padece de múltiples y verificadas patologías crónicas, que requieren controles clínicos especializados, dieta adecuada, administración permanente de medicación e infraestructura sanitaria idónea”.
Los camaristas destacaron que el Cuerpo Médico Forense advirtió que, si no se cumplía total o parcialmente con las exigencias señaladas, “el entorno carcelario se consideraría un lugar inadecuado para el alojamiento” de De Vido, ya que “incrementaría el riesgo de descompensaciones y de la aparición de trastornos irreparables para su salud”.
Otro aspecto que mencionaron que la internación por arritmia que atravesó el exfuncionario y en el que se realizó “una cardioversión eléctrica con retorno al ritmo sinusal y una cinecoronariografía con posterior revascularización con angioplastía con implante de stent (…), indicando tratamiento con anticoagulación (apixaban) y antiarrítmico (amiodarona), además de su tratamiento de base”.
De esta forma, los jueces concluyeron que los medios con los que cuenta la unidad donde está detenido “no son suficientes y adecuados” para cubrir todas las condiciones que el Cuerpo Médico indicó como imprescindibles para atender su situación.

En noviembre de 2025, la Corte Suprema confirmó la condena a Julio De Vido por la tragedia que ocurrió en la estación ferroviaria de Once, el 22 de febrero de 2012, que causó 51 muertos.
De Vido fue considerado partícipe necesario en la administración fraudulenta que derivó en el deterioro del servicio ferroviario de la línea Sarmiento, cuyo estado fue determinante en el choque ocurrido el 22 de febrero de 2012 en la estación Once, que causó 51 muertos.
La responsabilidad penal del exministro quedó delimitada en 2018, cuando el Tribunal Oral Federal 4 lo sentenció a cinco años y ocho meses de prisión e inhabilitación perpetua por no controlar el destino de los fondos públicos asignados a TBA, pese a las alertas públicas sobre el mal funcionamiento del sistema.
En esa instancia, De Vido fue absuelto del delito de estrago culposo. Según el fallo de ese tribunal, existía una “cadena de responsables” más cercana a la operatoria del servicio que el propio De Vido, aunque Planificación incumplió su deber de fiscalización.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena, pero la defensa llevó el caso a la Corte. Primero, el máximo tribunal dejó firme la absolución por estrago. Luego, en agosto de 2024, ratificó la responsabilidad del exfuncionario por fraude, aunque ordenó revisar el monto de la pena, al considerar injustificado que fuera superior a la impuesta a imputados condenados también por las 51 muertes.
La causa volvió entonces a Casación, que redujo la condena a cuatro años de prisión. Tanto la defensa como el Ministerio Público Fiscal apelaron: los abogados pedían un recorte mayor y los fiscales cuestionaban que la nueva pena fuese más baja que la de Ricardo Jaime. El 11 de noviembre pasado, la Corte rechazó ambas presentaciones y consolidó la condena.

















