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Sergio Massa anunció una suba en el mínimo no imponible para los trabajadores abarcados por el Impuesto a las Ganancias. A los monotributistas no les corresponde pagar el tributo. Sin embargo, hay ciertas ocasiones en las que un contribuyente adherido a este régimen simplificado puede abonar Ganancias. ¿Cuáles son?
En este contexto, es importante que los contribuyentes conozcan las diferencias entre el régimen del monotributo y el arancel que afecta a quienes facturen por encima de un monto establecido.
¿Cuál es la diferencia entre el Impuesto a las Ganancias y el monotributo?
El monotributo es un régimen tributario simplificado de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y quienes estén inscriptos pagan una cuota fija por mes.
La misma incluye al impuesto en sí mismo, los aportes previsionales y los referidos a la obra social. Según el ingreso bruto anual de cada trabajador le corresponderá una categoría distinta.
Por su parte, Ganancias abarca a empresas, personas físicas y empleados en relación de dependencia que superen el mínimo no imponible.

¿Qué monotributistas deben pagar Impuesto a las Ganancias?
Existen diversos casos en los cuales los trabajadores inscriptos en el monotributo deben abonar el Impuesto a las Ganancias, las cuales son:
- Si el contribuyente se inscribió como monotributista tras el inicio del año calendario y desde antes de la fecha realizada actividades como Responsable Inscripto. Se deberá presentar y pagar el impuesto sobre las labores anteriores.
- En caso se realice actividades que no pueden ser incluidas en el régimen del monotributo. Se deberá pagar una cuota mensual y pagar Ganancias por las actividades excluidas.
¿Qué actividades no pueden incluirse en el régimen del monotributo?
Las siguientes actividades no podrán estar incluidas en el régimen del monotributo:
- Cargos públicos,
- Trabajos en relación de dependencia,
- Jubilaciones y pensiones
- La dirección y administración de sociedades,
- Prestaciones e inversiones,
- Comercio de mobiliarios y venta de inmuebles
- Cesión de intangibles
Nuevo mínimo no imponible para el Impuesto a las Ganancias
En el marco de las elecciones, el ministro de Economía Sergio Massa anunció una suba del mínimo no imponible para los trabajadores que deban pagar el Impuesto a las Ganancias.
El candidato a presidente por Unión por la Patria (UxP) confirmó que el nuevo piso será de $ 1.770.000 por mes. La medida entrará en vigencia a partir de octubre y tomará en cuenta los salariosbrutos.














