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Sergio Massa anunció una suba en el mínimo no imponible para los trabajadores abarcados por el Impuesto a las Ganancias. A los monotributistas no les corresponde pagar el tributo. Sin embargo, hay ciertas ocasiones en las que un contribuyente adherido a este régimen simplificado puede abonar Ganancias. ¿Cuáles son?

En este contexto, es importante que los contribuyentes conozcan las diferencias entre el régimen del monotributo y el arancel que afecta a quienes facturen por encima de un monto establecido.

¿Cuál es la diferencia entre el Impuesto a las Ganancias y el monotributo?


El monotributo es un régimen tributario simplificado de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y quienes estén inscriptos pagan una cuota fija por mes.

La misma incluye al impuesto en sí mismo, los aportes previsionales y los referidos a la obra social. Según el ingreso bruto anual de cada trabajador le corresponderá una categoría distinta.

Por su parte, Ganancias abarca a empresas, personas físicas y empleados en relación de dependencia que superen el mínimo no imponible.

¿Qué monotributistas deben pagar Impuesto a las Ganancias?

Existen diversos casos en los cuales los trabajadores inscriptos en el monotributo deben abonar el Impuesto a las Ganancias, las cuales son:

  • Si el contribuyente se inscribió como monotributista tras el inicio del año calendario y desde antes de la fecha realizada actividades como Responsable Inscripto. Se deberá presentar y pagar el impuesto sobre las labores anteriores.
  • En caso se realice actividades que no pueden ser incluidas en el régimen del monotributo. Se deberá pagar una cuota mensual y pagar Ganancias por las actividades excluidas.

¿Qué actividades no pueden incluirse en el régimen del monotributo?

Las siguientes actividades no podrán estar incluidas en el régimen del monotributo:

  • Cargos públicos,
  • Trabajos en relación de dependencia,
  • Jubilaciones y pensiones
  • La dirección y administración de sociedades,
  • Prestaciones e inversiones,
  • Comercio de mobiliarios y venta de inmuebles
  • Cesión de intangibles

Nuevo mínimo no imponible para el Impuesto a las Ganancias

En el marco de las elecciones, el ministro de Economía Sergio Massa anunció una suba del mínimo no imponible para los trabajadores que deban pagar el Impuesto a las Ganancias.

El candidato a presidente por Unión por la Patria (UxP) confirmó que el nuevo piso será de $ 1.770.000 por mes. La medida entrará en vigencia a partir de octubre y tomará en cuenta los salariosbrutos.