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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que en septiembre de 2025 las jubilaciones y pensiones tendrán un aumento del 1,9 %, de acuerdo con la nueva fórmula de movilidad que ajusta las prestaciones en función de la inflación informada por el INDEC.
Si se mantiene el bono previsional de $ 70.000, la jubilación mínima superará los $ 390.000.
¿Cuánto cobrarán los jubilados con el aumento en septiembre 2025?
Tras la aplicación del ajuste de movilidad, basado en la inflación de julio, que fue de 1,9 %, los haberes quedarán así:
- Jubilación mínima: $ 320.277,17 + $ 70.000 (bono) = $ 390.277,17
- Pensión Universal al Adulto Mayor (PUAM): $ 256.221,74 + $ 70.000 (bono) = $ 326.221,74
- Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez o vejez: $ 224.194,02 + $ 70.000 (bono) = $ 294.194,02
- PNC por madres de 7 hijos o más: $ 320.277,17 + $ 70.000 (bono) = $ 390.277,17
- Jubilación máxima: $ 2.155.162,17.

¿Qué sucederá con el bono de $ 70.000?
El bono extraordinario de $ 70.000 se entrega desde 2024 y busca compensar la pérdida de poder adquisitivo frente a la inflación. En septiembre lo cobrarán de manera completa quienes perciben la jubilación mínima.
Para haberes entre $ 320.277,17 y $ 390.277,17, el bono será proporcional hasta alcanzar ese tope. Aunque ANSES no lo confirmó oficialmente, se espera que el bono continúe, como sucedió en meses anteriores.
¿Cómo tramitar la jubilación en ANSES?
Para quienes estén próximos a jubilarse, los pasos a seguir para poder tener el haber previsional son los siguientes:
- Ingresar a Mi ANSES con CUIL y clave de la seguridad social.
- Revisar los aportes en Trabajo > Consultar Historia Laboral. En caso de faltantes, presentar comprobantes (recibos de sueldo, certificados de servicios, declaraciones juradas).
- Completar el formulario 6.18 de solicitud de prestaciones previsionales.
- Pedir un turno en una oficina de ANSES y concurrir con DNI.
¿Cuándo cobrarán los jubilados en agosto?
Jubilados y pensionados que no superen el haber mínimo
- Documentos terminados en 0, a partir del 8 de agosto
- Documentos terminados en 1, a partir del 11 de agosto
- Documentos terminados en 2, a partir del 12 de agosto
- Documentos terminados en 3, a partir del 13 de agosto
- Documentos terminados en 4, a partir del 14 de agosto
- Documentos terminados en 5, a partir del 15 de agosto
- Documentos terminados en 6, a partir del 18 de agosto
- Documentos terminados en 7, a partir del 19 de agosto
- Documentos terminados en 8, a partir del 20 de agosto
- Documentos terminados en 9, a partir del 21 de agosto
Jubilados y pensionados que superen el haber mínimo
- Documentos terminados en 0 y 1, a partir del 22 de agosto
- Documentos terminados en 2 y 3, a partir del 25 de agosto
- Documentos terminados en 4 y 5, a partir del 26 de agosto
- Documentos terminados en 6 y 7, a partir del 27 de agosto
- Documentos terminados en 8 y 9, a partir del 28 de agosto













