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Empleadas domésticas con aumento en julio: cómo quedan las escalas y cuándo cobran el aguinaldo

El mes entrante las empleadas domésticas sujetas a convenio cobrarán un 6% de incremento salarial en base al último acuerdo cerrado por el Gobierno: ¿Cuándo vuelven a negociar?

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Con el inicio de julio este sábado 1°, las empleadas domésticas registradas cobrarán la última cuota del aumento que el Gobierno definió meses atrás y dividió en tres pagos.

En marzo de este año, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares cerró un acuerdo salarial con el sector para los meses de abril, mayo y junio, con un 27% de aumento dividido en tres pagos.

En este sentido, el mes entrante los trabajadores domésticos de las cinco categorías cobrarán sus haberes con la suba correspondiente a junio, la cual es la última y se rige según la siguiente escala:

  • 14% con los salarios de abril;
  • 7% con los salarios de mayo;
  • 6% con los salarios de junio. 

Así, este sector gozará de un 6% de aumento en su próximo salario a cobrar en julio, mientras que el Gobierno ya acordó una nueva revisión paritaria para definir otra suba para el trimestre julio-septiembre.

El régimen de trabajo en casas particulares se divide en cinco categorías de trabajo en base a las funciones.

Aumento a empleadas domésticas: las distintas categorías

El régimen de trabajo en casas particulares se divide en cinco categorías de trabajo en base a las funciones. Éstas son:

  • Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo;
  • Personal para tareas específicas: cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo;
  • Caseros/as: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo;
  • Asistencia y cuidado de personas: asistencia y cuidado no terapéutico de personas tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores, etc.
  • Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

Aguinaldo para empleadas domésticas: cómo y cuándo se paga

En caso de efectuar tareas correspondientes a más de una categoría, el trabajador "quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad".

Además, cabe resaltar que el régimen dispone de un adicional de dinero correspondiente a zonas desfavorables, el cual equivale a un 30% extra sobre los salarios mínimos dispuestos por ley y aplica a todo el personal que preste tareas en los siguientes sitios:

  • Provincia de La Pampa;
  • Provincia de Río Negro;
  • Provincia de Chubut;
  • Provincia de Neuquén;
  • Provincia de Santa Cruz;
  • Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur;
  • Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
El régimen dispone de un adicional de dinero correspondiente a zonas desfavorables.

Empleadas domésticas con aumento: las escalas para junio por categoría

Con el aumento del 6% sobre los salarios de junio -a cobrarse a partir del 1° de julio- los salarios mínimos de las diversas categorías del rubro de trabajo doméstico serán los siguientes:

CATEGORÍACon retiro por mesCon retiro por horaSin retiro por mesSin retiro por hora
Supervisor/a$ 116.966
$ 937,5$ 130.287$ 1026,5
Personal para tareas específicas$ 108.668
$ 887,5$ 120.966$ 973
Caseros/as
$ 106.023$ 838
Asistencia y cuidado de personas

$ 106.023

$ 838$ 118.151,5$ 937,5
Personal para tareas generales
$ 95.345,5$ 777$ 106.023$ 838 

Aguinaldo para empleadas domésticas: cuánto cobro y cuándo me pagan

Este junio a las empleadas domésticas les corresponde cobrar el aguinaldo, o Sueldo Anual Complementario (SAC), el cual supone el 50% del mejor ingreso percibido en el primer semestre del año.

Así, todos los trabajadores del hogar que cobren el aguinaldo deberán hacerlo a partir de este viernes 30 de junio, con cuatro días hábiles de gracia para que el empleador pague, es decir, hasta el jueves 6 de julio.

Cabe resaltar que, si durante el primer semestre la empleada doméstica no prestó servicio en su plenitud, deberá liquidarse un proporcional por los meses trabajados.

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