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Con la publicación del decreto 340/2025 en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional estableció una modificación clave en el ejercicio del derecho a huelga.

Se amplió la lista de actividades consideradas esenciales y se estableció la obligatoriedad de garantizar entre un 50% y 75% de servicios mínimos en caso de conflicto sindical.

La norma, que fue publicada este miércoles, desató fuertes críticas desde diversos sectores gremiales y jurídicos, al considerar que representa una restricción directa al derecho constitucional a huelga.

El decreto modifica el artículo 24 de la Ley 25.877, estableciendo límites más estrictos para el ejercicio de medidas de fuerza en sectores estratégicos.

¿Qué cambia con el decreto 340/2025?

El artículo 3° del nuevo decreto establece que, en caso de conflictos colectivos que afecten servicios esenciales o actividades de importancia trascendental, no se podrá negociar una cobertura menor al 75% en el primer caso y al 50% en el segundo.

Estas son las nuevas actividades esenciales a partir de ahora

Entre las actividades que ahora deberán garantizar el 75% de su funcionamiento en caso de huelga, se incluyen:

  • Servicios sanitarios, hospitalarios y farmacéuticos.
  • Transporte, distribución y comercialización de agua, gas, energía eléctrica y medicamentos.
  • Telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales.
  • Transporte marítimo y fluvial, control aéreo, dragado, estiba, remolque de buques.
  • Educación en niveles inicial, primario, secundario y educación especial.
  • Servicios aduaneros, migratorios y vinculados al comercio exterior.

Actividades consideradas de "importancia trascendental"

Estas deberán garantizar un 50% de prestación mínima e incluyen:

  • Producción de medicamentos e insumos hospitalarios.
  • Transporte terrestre y subterráneo.
  • Servicios de radio y TV, industria alimenticia, minera, química, cementera, siderúrgica y logística.
  • Comercio electrónico, servicios bancarios, financieros, gastronómicos y hoteleros.
  • Actividades vinculadas a compromisos de exportación.

¿Se terminaron las huelgas? Esto dicen los laboralistas

La medida fue calificada como un "delirio jurídico" por el presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas (ALAL), Matías Cremonte.

"Prácticamente, prohíbe hacer huelgas", afirmó, y cuestionó que se haya incluido esta modificación "por la ventana" dentro de un decreto que originalmente desregulaba el transporte marítimo.

Luis Campos, investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA Autónoma, también criticó el alcance de la medida: "La ley pone casi en el mismo nivel un hospital que un bar. Es una avanzada contra los derechos laborales".

Desregulación del transporte marítimo: cómo afecta a este sector

Tras la publicación en el Boletín Oficial del decreto 340/25, que aprueba el Régimen de Excepción de la Marina Mercante que pretende flexibilizar y modernizar la normativa que regula la navegación en aguas argentinas, la diputada nacional de Unión por la Patria, Marcela Passo, remarcó: "Este decreto es una paradoja dado que en vez de mejorar la competitividad y los costos de los barcos que operan bajo registro de la bandera nacional, crean un régimen de excepción bajo bandera de otro país".

El decreto modifica diversas leyes y decretos previos, incluyendo entre otras la ley de Navegación N.º 20.094, la ley de Desarrollo de la Marina Mercante nacional y la Integración Fluvio Regional núm. 27.419 y la ley de Régimen Laboral N.º 25.877.

Esta decisión incluye una serie de modificaciones a las normas vigentes, entre las que están la habilitación para operar con matrícula argentina a buques extranjeros, la posibilidad de que los operadores locales puedan acogerse a banderas de conveniencia.

Además, la flexibilización para la composición de la tripulación, la extensión del periodo para que buques internacionales hagan cabotaje y la reducción de restricciones para reparar e inscribir buques.

"La medida representa una profunda paradoja porque, para supuestamente ‘salvar' la marina mercante nacional, se recurre a un esquema que va a impactar de forma negativa y va a desplazar aún más a los buques y tripulaciones argentinas en el corto y mediano plazo", apuntó Passo, miembro de la Comisión de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Porturarios".