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La discusión sobre cuánto necesita ganar un trabajador para sostener una vida digna atraviesa desde hace tiempo las negociaciones salariales, aunque no existe una única referencia para medir ese ingreso. Mientras las paritarias suelen partir de la evolución de los precios y de la pérdida o recuperación del poder adquisitivo, el Estado fija cada mes un Salario Mínimo, Vital y Móvil que funciona como piso legal y el INDEC establece las canastas que determinan las líneas de pobreza e indigencia.

Son tres referencias que no miden exactamente lo mismo, pero que permiten dimensionar la distancia entre los ingresos laborales y el costo de vida.

En ese debate, algunos sindicatos sostienen una mirada diferente: en lugar de tomar como punto de partida un porcentaje de aumento, calculan cuánto debería cobrar un trabajador para cubrir las necesidades que la propia legislación identifica como indispensables.

Ese criterio, que tiene como uno de sus principales antecedentes al sindicalismo aceitero, volvió a cobrar fuerza con el Frente de Sindicatos Unidos (FreSU-Federal). El espacio actualizó su Canasta Básica del Trabajador y estableció un nuevo valor para el ingreso que considera necesario para vivir dignamente en la Argentina: $3.065.161 mensuales.

La cifra equivale a más de ocho veces el salario mínimo oficial vigente: desde agosto, el piso legal es de $376.600 mensuales para los trabajadores mensualizados que cumplen una jornada legal completa, mientras que en julio había sido de $372.400.

La diferencia también aparece al comparar ambos valores con las canastas que mide el INDEC. En julio, una familia de cuatro integrantes necesitó $1.564.715,90 para no quedar por debajo de la línea de pobreza, mientras que requirió $708.016,24 para superar la línea de indigencia. Para un adulto equivalente, los valores fueron de $506.380,55 y $229.131,47, respectivamente.

La comparación permite dimensionar que el planteo del FreSU no busca replicar la medición oficial de pobreza e indigencia. El INDEC utiliza la Canasta Básica Alimentaria (CBA) para establecer la línea de indigencia y amplía esa estructura con bienes y servicios no alimentarios para obtener la Canasta Básica Total (CBT), que funciona como referencia para la línea de pobreza.

En cambio, el FreSU utiliza otra definición de salario mínimo: toma el concepto establecido en el artículo 14 bis de la Constitución y en el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo y calcula cuánto dinero necesitaría un trabajador sin cargas de familia, con una jornada legal completa, para cubrir las nueve necesidades contempladas por esas normas.

Qué incluye la nueva canasta del FreSU

El cálculo actualizado por el FreSU parte de nueve necesidades. Para julio, el frente sindical estimó $653.231 para alimentación adecuada; $609.613 para vivienda digna; $279.529 para educación; $146.631 para vestimenta; $373.934 para salud; $665.055 para transporte, esparcimiento y vacaciones; y $337.168 para previsión social.

La suma de esos componentes alcanza los $3.065.161 reclamados como salario mínimo.

La diferencia entre esa referencia y el salario mínimo oficial es amplia. Los $3.065.161 del FreSU representan 8,14 veces los $376.600 que rigen desde agosto. Incluso si se toma como referencia julio, cuando el SMVM era de $372.400, la relación era prácticamente la misma: 8,23 veces.

La distancia también puede medirse contra las estadísticas de pobreza. El ingreso reclamado por el FreSU equivale a casi el doble de la CBT de julio para una familia de cuatro integrantes: $3.065.161 contra $1.564.715,90. Frente a la CBA de ese mismo hogar, la relación es todavía mayor: la canasta sindical representa 4,33 veces los $708.016,24 necesarios para superar la línea de indigencia.

Qué dice el salario oficial

El SMVM que fija el Consejo del Salario tiene una evolución mensual definida por la Resolución 9/2025. El monto pasó de $341.000 en enero a $346.800 en febrero, $352.400 en marzo, $357.800 en abril, $363.000 en mayo, $367.800 en junio, $372.400 en julio y $376.600 desde agosto. Para los trabajadores jornalizados, el valor vigente desde agosto es de $1.883 por hora.

Ese dato es relevante para la comparación porque el valor de $372.400 que circuló como referencia de julio ya no es el vigente al momento de la actualización del FreSU. Desde el 1° de agosto, el salario mínimo oficial subió a $376.600. Aun con ese último aumento, la cifra sindical continúa siendo más de ocho veces superior.

La estadística oficial de salarios, por su parte, muestra una dinámica diferente a la del SMVM. El último dato disponible del INDEC corresponde a mayo: el Índice de Salarios aumentó 2,2% mensual y 35,9% interanual, con una suba acumulada de 15,2% frente a diciembre de 2025. En ese mes, los salarios del sector privado registrado aumentaron 2%, los del sector público 1,5% y los del sector privado no registrado 3,5%.

El índice de salarios y el SMVM no son equivalentes. El primero mide la evolución de los ingresos salariales de distintos sectores; el segundo funciona como un piso legal para determinados trabajadores. Por eso, la brecha entre el SMVM y la canasta del FreSU no significa que todos los trabajadores argentinos cobren el salario mínimo, sino que muestra la distancia entre el piso legal establecido por el Estado y el ingreso que el frente sindical considera necesario para satisfacer las necesidades definidas por la legislación.

El antecedente aceitero

La influencia de la Federación Aceitera en este planteo es central. El gremio convirtió hace años la definición legal del salario mínimo en una herramienta concreta de negociación: calcular cuánto cuesta satisfacer cada una de las necesidades contempladas en la Constitución y la Ley de Contrato de Trabajo y utilizar ese resultado como referencia para el salario inicial de la actividad.

La política tuvo una nueva expresión este año. En junio, los aceiteros informaron que, según su cálculo basado en las estadísticas oficiales, el salario mínimo vital y móvil necesario para mayo era de $2.802.754. Ese mismo criterio fue utilizado como fundamento de la negociación paritaria.

Finalmente, la paritaria aceitera llevó el salario inicial de la categoría peón a $2.578.400 desde julio y estableció $2.719.040 desde septiembre.

El FreSU tomó ese criterio y lo convirtió en una referencia común para un espacio sindical más amplio. El frente reúne organizaciones de distintas centrales y sectores, entre ellas ATE, UOM, la Federación Aceitera y Desmotadora, Conadu, Conadu Histórica, Fesprosa, sindicatos aeronáuticos, marítimos, fluviales, molineros, papeleros y viales.