El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el DNU que es que establece los alcances del Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO) desde las 0 horas del viernes 20 de marzo hasta las 24 horas del 31 de marzo.

Este fin de semana, el Presidente Alberto Fernández ya avisó que está dispuesto a prolongar la cuarentena, que implica la prohibición de circular por las calles con algunas pocas excepciones, si fuera necesario.

Según detalla, aquellos que quedan exceptuados de la cuarentena sólo podrán circular sin restricciones mediante la obtención de un salvoconducto.

Qué es un salvoconducto

La definición de diccionario de la Real Academia Española dice que el salvoconducto es "un documento expedido por una autoridad para que quien lo lleva pueda transitar sin riesgo por donde aquella es reconocida".

Se trata de un permiso especial para circular durante el plazo en el cual "todas las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en el lugar en que se encuentren y abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo". La disposición establece, taxativamente, la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19.

En qué casos se extiende el salvoconducto

Según se establece, "quedan exceptuadas del cumplimiento del ASPO y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios:

Cómo obtener un salvoconducto

El salvoconducto o permiso para circular durante el aislamiento social preventivo obligatorio, es expedido por cada ente público u organización privada de las actividades establecidas por el DNU como excluidas de la cuarentena nacional.

Ejemplo de salvoconducto