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El Gobierno nacional impulsa una reforma laboral que introduce cambios significativos en el régimen de vacaciones de los trabajadores registrados, junto con otras modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744.

La iniciativa fue presentada en la Cámara de Diputados por el bloque de La Libertad Avanza y se prevé que el debate parlamentario se reanude una vez finalizado el calendario electoral de 2025.

Según argumenta el oficialismo, la reforma busca reducir la informalidad laboral, fortalecer el Sistema de Seguridad Social y brindar mayor estabilidad tanto a empleadores como a empleados.

Reforma laboral: ¿qué pasará con las vacaciones?

Uno de los cambios clave para los trabajadores registrados es la posibilidad de fraccionar las vacaciones en distintos momentos del año, siempre que cada tramo tenga al menos siete días corridos. Además, las vacaciones correspondientes a un año calendario podrán ser utilizadas hasta el 30 de abril del año siguiente.

Otro cambio importante es que el trabajador tendrá la posibilidad de elegir cuándo tomarse las vacaciones, pero deberá notificarlas al empleador con al menos 21 días de anticipación.

En el caso de matrimonios o parejas que trabajen en el mismo establecimiento, el empleador deberá otorgar las vacaciones en el mismo período, salvo que haya un acuerdo en contrario.

¿Cuáles son los puntos claves de la reforma laboral 2025?

Además del nuevo régimen de vacaciones, el proyecto contempla modificaciones en otros aspectos del contrato laboral, como las sanciones, indemnizaciones, licencias y beneficios no remunerativos. Algunos de los principales cambios son:

  • Impugnación de sanciones: se establece un plazo máximo de 30 días para que los empleados puedan cuestionar sanciones disciplinarias.
  • Beneficios que comenzarán a tributar: el acceso a gimnasios, clubes, servicios de telefonía celular e internet para el trabajador o su familia serán considerados parte del salario y estarán sujetos a aportes.
  • Contratos individuales con homologación sindical: se permitirá homologar condiciones laborales específicas con aval gremial, adaptadas a las necesidades de cada sector.
  • Sistema de cese laboral: en lugar del régimen tradicional de indemnización por despido, se habilita la posibilidad de pactar fondos o seguros de cese.
  • Créditos laborales: se impulsa un mecanismo para que los trabajadores puedan acceder a adelantos o beneficios financieros vinculados a su antigüedad, con acuerdos individuales o colectivos.
  • Adaptación de convenios colectivos a características productivas y sociales de cada región: permitirá negociar condiciones específicas para distintas actividades o sectores, sin aplicar un mismo convenio de forma uniforme en todo el país.

¿Qué pasará con las licencias y la maternidad?

El proyecto también modifica el régimen de licencias, en particular la de maternidad. Si bien se mantienen los 90 días de licencia (45 antes y 45 después del parto), se permitirá que la trabajadora inicie su licencia de forma diferida, utilizando una mayor parte del tiempo tras el nacimiento del bebé. En casos de parto prematuro, el período no gozado antes del parto se sumará al descanso posterior.

La trabajadora gestante deberá comunicar su embarazo al empleador, con un certificado médico que indique la fecha presunta de parto, a fin de acceder a la estabilidad laboral garantizada por la ley.

¿Cómo avanzará la reforma?

El proyecto de ley ya fue ingresado en la Cámara Baja y forma parte de la agenda legislativa del oficialismo, que busca modernizar el régimen laboral vigente. La discusión formal en el Congreso se reactivaría una vez concluido el calendario electoral.

Por el momento, no hay dictámenes ni audiencias públicas convocadas, pero el oficialismo ya anticipó que impulsará su tratamiento como parte de un paquete de reformas estructurales.