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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pone en marcha este lunes 14 de noviembre el primer calendario de pago del bono deRefuerzo Alimentario.
El beneficio anunciado semanas atrás por el ministro de Economía, Sergio Massa, con el fin de "mejorar los ingresos" impactará en poco más de 1,5 millones de solicitantes.
Serán dos cuotas de $ 22.500 a lo largo de noviembre y diciembre, de acuerdo a la terminación del DNI, al tiempo que se mantiene habilitado el formulario de inscripción para quienes aún adeuden la carga de una CBU personal.
anses: ¿Cuándo se paga el refuerzo alimentario?
- DNI terminado en 0: 14 de noviembre
- DNI terminado en 1: 15 de noviembre
- DNI terminado en 2: 16 de noviembre
- DNI terminado en 3: 17 de noviembre
- DNI terminado en 4: 18 de noviembre
- DNI terminado en 5: 22 de noviembre
- DNI terminado en 6: 23 de noviembre
- DNI terminado en 7: 24 de noviembre
- DNI terminado en 8: 25 de noviembre
- DNI terminado en 9: 28 de noviembre
anses: ¿qué hay que saber sobre el refuerzo alimentario?
La asistencia económica se pensó exclusivamente para aquellas personas que tengan entre 18 y 64 años y estén atravesando una situación de extrema vulnerabilidad.
Además, a diferencia de otros bonos que fueron entregados, en esta oportunidad los interesados no deben cobrar ningún tipo de prestación, asignación o programa social del Estado.
Por otro lado, ANSES ratificó la continuación del plazo de inscripción hasta diciembre próximo:
"Se recuerda que la inscripción continúa abierta para todas las personas que aún no llegaron a completarla. En estos casos, percibirán las cuotas de noviembre y diciembre en un solo pago de $ 45.000 el próximo mes, siempre y cuando cumplan con los requisitos", subraya el sitio oficial.

¿QUIÉNES NO PUEDEN COBRAR EL REFUERZO ALIMENTARIO?
- Jubilados y/o pensionados con programas contributivos o no contributivos (tanto nacionales como provinciales y municipales);
- Titulales de Prestación por Desempleo;
- Titulares Potenciar Trabajo;
- Beneficiarios de Becas Progresar;
- Beneficiarios de Asignación por Embarazo para Protección Social,
- Quienes cobran Programas Sociales (tanto nacionales como provinciales o municipales) o quienes tengan hijas y/o hijos que perciban la Asignación Universal por Hija e Hijo o Salario Familiar.













