Bono de fin de año de $ 24.000 para trabajadores privados: qué pasa con las empresas que no lo pagaron
A punto de cumplirse el plazo del 31 de diciembre, algunas empresas se basan en un gris del decreto 841/2022 para demorar su pago y otras acordaron una nueva fórmula para cumplir con la decisión del Gobierno y evitar iniciar un 2023 con medidas de fuerza
En las últimas horas antes del vencimiento formal del plazo de pago del bono de fin de año de $ 24.000 a las y los trabajadores del sector privado, en algunos gremios surgieron dudas respecto a cómo posicionarse en caso de que el pago no se efectivice antes del plazo del 31 de diciembre. Algunas empresas se basan en un gris del decreto 841/2022 para demorar su pago y otras que se negaban terminaron acordando una nueva fórmula para cumplir con la decisión del Gobierno para evitar iniciar un 2023 con medidas de fuerza y con paritarias pendientes.
Hasta ayer, viernes 30 de diciembre, en el Ministerio de Trabajo de la Nación afirmaban que no había denuncias formales por el no pago del bono de fin de año. No descartan que conforme arranquen los primeros días de 2023, puedan empezar a materializarse. Así y todo, sostienen que hay que esperar hasta que pasen los primeros días hábiles del mes, a partir de lo que se viene conversando con los gremios y el sector privado.
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El motivo es que el artículo 1 del decreto deja un gris interpretativo en cuanto a que fija que la suma en cuestión "será abonada por los sujetos empleadores en el mes de diciembre de 2022". En consecuencia, algunos empleadores y empleadoras fundamentan que el pago del mes de diciembre se realiza en enero por lo que la suma extra de $ 24.000 o su equivalente debería ser liquidada con el salario correspondiente en los primeros días del primer mes de 2023.
"Establécese una asignación no remunerativa por única vez para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado que se rijan por las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, 22.250, 26.727 y su modificatoria y 26.844, que ascenderá a la suma de hasta PESOSVEINTICUATRO MIL ($24.000), que será abonada por los sujetos empleadores en el mes de diciembre de 2022", afirma la letra del decreto.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) -que nuclea a algunas de las empresas más grandes de la Argentina, como Aeropuertos Argentina 2000, La Anónima y automotrices como Peugeot, entre otras- fue de las primeras voces, dentro del sector privado, en manifestar "su profunda preocupación ante la decisión del Gobierno Nacional de otorgar un bono de $24.000".
Si bien reconocieron en un comunicado "como positivo que en el caso de las pequeñas y medianas empresas se prevea que el 50% del pago del bono pueda deducirse de los anticipos del Impuesto a las Ganancias", advirtieron sobre su efecto distorsivo en las paritarias. Públicamente reclamaron la posibilidad de diferir el bono y pagarlo en enero, poniendo el 5 como fecha límite.
En el ministerio que comanda Kelly Olmos se mantienen a la expectativa entendiendo que la clave es que lo abonen, en definitiva. Afirman que en caso de recibir denuncias, intervendrán para acercar posiciones. Pero que en definitiva se trata de un bono que debe pagar el sector privado. "No es opcional", dejan en claro.
En rigor, el decreto 841/2022 establece también que aquellos sectores que hayan acordado el pago de bonos "asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de2022 y enero de 2023" pueden absorber la totalidad del mismo en concepto de esta suma o deberán pagar la diferencia hasta completar lo correspondiente.
Por su parte, la Unión Industrial Argentina también cuestionó la medida bajo un argumento similar a la CAC, aunque fuentes de la entidad ratificaron su decisión de abonar el bono de $ 24.000 ante la consulta de El Cronista. Hoy, su principal preocupación de cara a 2023, subrayaron, transita por seguir destrabando las SIRAs para las importaciones de insumos claves para la producción local.
Algunos empleadores fundamentan que el pago de diciembre se realiza en enero por lo que la suma extra de $ 24.000 o su equivalente debería ser liquidada con el salario correspondiente en 2023
Los que se niegan a pagarlo
Salvo aquellos casos en los que los acuerdos excluyeron específicamente el pago de una suma extra en paralelo a lo dispuesto en las paritarias, hubo otros sectores donde se negaron también al pago del bono de $ 24.000. En algunos casos se llegó a un acuerdo con mediación del Ministerio de Trabajo mientras que en otras todavía es una incógnita la resolución.
La Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (CAESI) se negaba a abonar la totalidad del bono de fin de año frente al reclamo del sindicato de la UPSRA que llegó a amenazar con adoptar medidas de fuerza en nodos logísticos. Esta semana, en una audiencia en Trabajo, consiguieron llegar a un acuerdo, luego de haber protagonizado una de las paritarias más tensas de esta parte del año.
De este modo, las y los trabajadores de seguridad privada cobrarán el bono desdoblado con un pequeño interés por la mora. Serán en total de $26.000 a acreditarse en dos tramos de $ 13.000 el 15 de enero y el 15 de febrero de 2023. Los representantes gremiales del sector argumentaban que un vigilador estaba por debajo de los tres salarios mínimos que fija el decreto aún luego de las paritarias que cerraron a fin de año.
Por otra parte, no hay certezas respecto a qué sucederá con las y los trabajadores de las estaciones de servicio, paradójicamente, rubro que representa uno de los cosecretarios de la CGT, Carlos Acuña. El lunes 26 de diciembre la Federación de Entidades de Combustibles publicó un comunicado expresando que el bono "no resulta exigible a empleadores que vienen encuadrando su personal bajo las disposiciones de la CCT 488/07 siendo absorbida por el incremento salarial paritario antes referido".
En el convenio, "se deja constancia que los aumentos pactados son comprensivos de cualquier incremento salarial que pueda regularse por alguna vía distinta a esta paritaria, ya sea ley, DNU y/o cualquier otra reglamentación posterior a este acuerdo".
Pero el titular del Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavaderos (SOESGyPE) lo llamó una interpretación "unilateral" y retrucó que cualquier deducción debe aplicarse a partir de la próxima paritaria, sea en la revisión de febrero o cuando inicie la negociación 2023/2024 en abril.
Los trabajadores de seguridad privada cobrarán el bono desdoblado con un pequeño interés por la mora. Serán $ 26.000 a acreditarse en dos tramos de $ 13.000 el 15 de enero y el 15 de febrero de 2023
PUNTO POR PUNTO, QUÉ DICE EL DECRETO
La asignación no remunerativa comprende a todos los trabajadores y trabajadoras registradas que ganen hasta $185.859 netos en caso de cumplir 40 horas laborales a la semana, "incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio Salario Anual Complementario" cobrado en diciembre de 2022. Esa suma funcionará como un techo virtual para el acceso al beneficio.
Acorde a la letra del decreto, quienes cobren hasta un monto de $161.859 neto, sumarán la totalidad de los $24.000 asignados. Mientras que aquellos que ganen por arriba de ese número neto, cobrarán la diferencia hasta alcanzar el "techo" de los $185.859 netos.
Cuando la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional de 8 horas, la suma del beneficio será proporcional a la jornada trabajada por cantidad de horas, como suele suceder con el personal doméstico.
El artículo 6° informa que aquellas micro, pequeñas y medianas empresas Tramo 1 que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigencia del decreto podrán reducir hasta un 50% del monto total abonado en concepto de la asignación de los anticipos del Impuesto a las Ganancias y diferir su pago para el ejercicio 2023, de acuerdo con los términos y condiciones que establecen la AFIP.
Asimismo, en el caso del pago de este bono al personal doméstico, quienes figuren como empleadores o empleadoras del "Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares" pueden deducir su monto del pago del impuesto a las Ganancias y en caso de no tributarlo, el artículo 7° permite "solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado por este concepto", de conformidad con las condiciones y modalidades que establece la AFIP.
No obstante, el Ministerio de Trabajo publicó en el Boletín Oficial del 30 de diciembre una resolución que fija nuevos requisitos y excluye a una parte de los empleadores y empleadoras del personal doméstico.
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