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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que pagará una prestación de más de $ 300.000 a un grupo de beneficiarios por más de seis meses.

Será liquidado conforme el calendario de pagos de junio y tendrá como principal objetivo reforzar los ingresos de los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin causa justa.

ANSES: quiénes podrán acceder a los $ 300.000 en junio

La prestación por desempleo es un programa que brinda respaldo económico a los trabajadores en relación de dependencia que hayan perdido el trabajo sin motivo justo.

Para poder acceder, se debe realizar el trámite dentro de los primeros 90 días pasados la desvinculación. Para esto, existen dos casos posibles:

  • Trabajadores permanentes: deberán tener al menos seis meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

ANSES: cuánto se cobra por la prestación por desempleo en junio

Según informó ANSES, el valor de la prestación está determinada por el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). El salario básico alcanzará un valor de $ 308.200 durante el sexto mes del año.

De esta manera, el monto mínimo del haber no podrá ser inferior al 50% del piso salarial vigente ($ 154.100). En la misma línea, el monto máximo no podrá superar el 100% del sueldo mínimo ($ 308.200).

Cabe resaltar que el pago final se calcula con un equivalente al 75%del mejor salario cobrado en los últimos seis meses previos al despido, siempre y cuando no supere el tope establecido.

La prestación de desempleo se paga por un máximo de 12 meses, pero en caso se tenga 45 años o más podrá extenderse hasta un periodo de 18 meses.

ANSES: ¿cómo tramitar la prestación por desempleo?

Para tramitar la prestación se podrá ir de forma presencial a una oficina de ANSES o a través de los canales digitales (para esta opción se requiere Clave de la Seguridad Social y utilizar el servicio Atención Virtual).

Los documentos necesarios son los siguientes:

  • DNI (original y copia).
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.