

Los pagos con tarjeta forman parte de la vida diaria. Se usan en supermercados, viajes, compras online, suscripciones y pequeños gastos que antes se resolvían en efectivo. Ese cambio también modificó la forma en que Hacienda puede rastrear movimientos financieros y detectar posibles desajustes entre ingresos declarados y consumo real.
La Agencia Tributaria aplicará desde 2026 nuevas obligaciones informativas para bancos, entidades de pago y entidades de dinero electrónico. La medida fue aprobada por el Real Decreto 253/2025, de 1 de abril, y establece que las entidades deberán informar sobre las tarjetas cuyo volumen anual de operaciones supere los 25.000 euros.
Según la normativa, no es el ciudadano quien presenta una declaración específica por cada pago: la información la remiten las entidades obligadas.

Hacienda controlará los pagos con tarjeta que superen los 25.000 euros al año
La nueva obligación afecta a las operaciones realizadas con tarjetas físicas o virtuales, incluidas las de crédito, débito, débito diferido, dinero electrónico y otros medios equivalentes. El BOE precisa que la declaración anual incluirá el total de abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y operaciones de gasto en establecimientos.
El límite clave está en los 25.000 euros anuales. Quedan excluidas las tarjetas cuyos importes de cargos y abonos no hayan superado esa cantidad durante el año. La Agencia Tributaria explica que este umbral permite concentrar el esfuerzo informativo en tarjetas con mayor impacto potencial para el control tributario.
La medida no implica una sanción automática ni convierte cada compra en una inspección. Lo que cambia es la capacidad de Hacienda para cruzar datos. Si una persona o empresa mueve grandes cantidades con tarjeta, la Agencia Tributaria podrá comparar esa información con sus declaraciones fiscales y detectar posibles incoherencias.
Qué cambia para autónomos, empresas y usuarios particulares
Para los usuarios particulares, el punto principal es que los bancos informarán cuando una tarjeta supere el límite anual fijado por la norma. La obligación recae sobre las entidades financieras, no sobre cada ciudadano por separado. Aun así, conviene conservar justificantes en operaciones relevantes, sobre todo si hay movimientos elevados que puedan requerir explicación documental.
El impacto será más visible en autónomos, comercios y pequeñas empresas que cobran por medios digitales. La reforma también incorpora nuevas obligaciones mensuales sobre cobros recibidos mediante tarjetas, sistemas asociados a teléfonos móviles y otros servicios de pago. En el caso de Bizum y plataformas equivalentes, Hacienda aclaró que la información mensual se refiere a cobros de empresarios y profesionales, no a transferencias entre particulares.
Este matiz es importante porque evita una lectura alarmista. Un pago entre amigos, una cena compartida o un envío familiar por Bizum no quedan incluidos como actividad profesional por el simple hecho de hacerse desde el móvil. Hacienda señaló que los bancos no informarán de los bizums entre particulares y que, para negocios y profesionales, la información se remitirá de forma acumulada, no operación por operación.
La recomendación práctica para quienes tienen actividad económica es separar bien los movimientos personales de los profesionales. Cobrar ventas, servicios o trabajos por canales digitales exige declarar esos ingresos cuando corresponda.
Esta nueva norma aumenta la trazabilidad, pero no cambia la obligación básica: los ingresos de una actividad económica deben estar reflejados en la contabilidad y en las declaraciones fiscales.
Por qué Hacienda refuerza el control sobre tarjetas y pagos digitales
El objetivo declarado de la reforma es adaptar las obligaciones informativas financieras a un entorno en el que ya no operan solo bancos tradicionales. La Agencia Tributaria menciona la expansión de entidades de pago, entidades de dinero electrónico, tarjetas virtuales y nuevas soluciones tecnológicas que permiten mover dinero sin una cuenta bancaria clásica asociada.
Con ese cambio, Hacienda busca información más detallada, periódica y amplia para mejorar la lucha contra el fraude fiscal, reforzar la recaudación y prestar mejores servicios al contribuyente. La norma amplía el foco hacia instrumentos de pago que ya forman parte del consumo cotidiano y de la actividad comercial de miles de negocios.
La primera información mensual correspondiente a 2026 empezará a enviarse en febrero de ese año, según la actualización publicada por la Agencia Tributaria. En el caso de las tarjetas sujetas al umbral anual, el modelo informativo servirá para identificar aquellas que superen los 25.000 euros en operaciones durante el ejercicio.

El cambio coloca a los pagos digitales bajo un control más sistemático, pero no elimina el uso normal de tarjetas ni convierte cada gasto cotidiano en un problema fiscal. La clave estará en la coherencia entre lo que se mueve, lo que se cobra y lo que se declara.
Para quienes tienen sus ingresos al día, la novedad será sobre todo administrativa. Para quienes usan tarjetas, Bizum u otros sistemas para ocultar facturación, el margen será cada vez más estrecho.















