

Nueva Jersey indica en su Código Administrativo las reglas formales que todos los padres deben seguir al momento de anotar a su hijo recién nacido para que el nombre escogido pueda figurar en los registros oficiales.
Si bien se explica que la elección del nombre y el apellido del bebé es un derecho de los padres, cuando esta elección contenga ciertas características consideradas inaceptables, el Registrador Estatal cuenta con el amparo de rechazarlos.
Los nombres que no podrá tener ningún recién nacido
De acuerdo con lo establecido por el Código Administrativo de Nueva Jersey § 8:2-1.4, los padres pueden nombrar a su hijo como deseen, pero las autoridades tienen potestad de rechazar cualquier nombre o apellido que contenga
- Obscenidades
- Números
- Símbolos
- Combinación de letras, números y símbolos
También pueden denegar un nombre que se considere ilegible.

Información importante sobre este trámite
El nombre se imprime en la parte trasera del registro de nacimiento y para que consolide validez debe estar firmado por los padres y el funcionario del hospital.
Además, es esencial destacar que los padres o el tutor legal del bebé tan sólo contarán con cinco días desde el nacimiento para definir el apellido. Caso contrario, las autoridades registrarán al bebé con los apellidos de cada padre en orden alfabético y separados por un guion.
Qué apellido tendrá el bebé si sus padres no se ponen de acuerdo
Si la madre y el padre tienen la custodia legal de su hijo, pero no coinciden en como apellidarlo, en estos casos ambas opciones también se ordenan alfabéticamente y se anotan en el certificado de manera conjunta, separadas por un guion.













