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La norma, conocida como HB 253, fue aprobada por la Legislatura y firmada a comienzos de 2025, pero entró plenamente en vigencia en octubre. Su objetivo es frenar una práctica cada vez más común: el uso de dispositivos para ocultar, modificar o distorsionar la visibilidad de las patentes y así evitar multas, controles automáticos o identificación policial.
Según la Patrulla de Carreteras de Florida (FHP), en los últimos años se detectó un aumento sostenido de láminas, cobertores y mecanismos electrónicos diseñados para dificultar la lectura de las placas.
Atención conductores: qué prohíbe la nueva ley de Florida
El texto legal es claro y amplio. La legislación establece que no se puede colocar ningún elemento que impida identificar correctamente una matrícula, incluso si a simple vista parece inofensivo.

Entre las acciones prohibidas se incluyen:
- Cambiar el color original de la placa.
- Aplicar sprays, tintes o láminas reflectivas.
- Usar cubiertas transparentes o polarizadas, aunque no oscurezcan visiblemente.
- Incorporar luces o dispositivos electrónicos que alteren la lectura del número.
- Instalar mecanismos que volteen, oculten o permitan alternar matrículas.
Cualquier modificación, por mínima que sea, puede derivar en una sanción económica o penal.
Cuáles son las sanciones por infringir esta norma
Uno de los puntos más polémicos de la ley HB 253 es el cambio de categoría. Alterar una matrícula ya no se considera solo una falta, sino que puede constituir un delito, dependiendo de la conducta y la intención.
- Alterar o cubrir la placa: delito menor de segundo grado, con hasta 60 días de cárcel y multa de USD 500.
- Comprar o poseer dispositivos para ocultarla: mismo tipo de delito y sanción.
- Fabricar o vender estos productos: delito menor de primer grado, con hasta un año de prisión y multa de USD 1.000.
- Usar estos mecanismos para cometer otro delito o evitar ser identificado: delito grave de tercer grado, con penas de hasta cinco años de cárcel y multas de USD 5.000.













