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El Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede embargar salarios, cuentas bancarias, propiedades y revocar el pasaporte de quienes no paguen sus deudas tributarias. Así lo establece la Publicación 594, actualizada en enero de 2026.

Si el contribuyente ignora las facturas y no establece un plan de pago, el IRS puede enviar un agente de cobro al domicilio o negocio. El organismo advierte que esa instancia es evitable, pero solo si se actúa a tiempo.

¿Qué es el aviso de embargo del IRS y qué pasa si no se responde?

El proceso arranca con una primera factura por impuestos adeudados, multas e intereses. Si no hay respuesta, llegan nuevas facturas y los cargos siguen acumulándose.

El paso decisivo es el Aviso Final de Intención de Embargo, emitido al menos 30 días antes de cualquier incautación. Desde ese momento, el IRS puede tomar salarios, fondos bancarios, cuentas de jubilación, pagos del Seguro Social y hasta la vivienda o el vehículo.

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede embargar salarios, cuentas bancarias, propiedades y revocar el pasaporte de quienes no paguen sus deudas tributarias.
El Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede embargar salarios, cuentas bancarias, propiedades y revocar el pasaporte de quienes no paguen sus deudas tributarias. Chat GPT | IA

¿Cómo evitar el embargo y regularizar la deuda con el IRS?

La opción más accesible es el Plan de Pagos a Plazos: permite saldar la deuda en cuotas. Quienes adeudan hasta u$s 100,000 pueden solicitarlo en línea en irs.gov/plandepago.

Para casos de mayor dificultad, el Ofrecimiento de Transacción permite pagar menos del total si se demuestra incapacidad de pago. También existe el aplazamiento temporal del cobro cuando el pago comprometería los gastos básicos del contribuyente. En todos los casos, ignorar las facturas del IRS acelera el proceso hacia el embargo.