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Es oficial | IRS decretó impuestos para estar billeteras virtuales y aplicaciones: quiénes deberán pagar a partir de ahora

El Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos (IRS) modificará el régimen impositivo para las billeteras virtuales.

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El Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos (IRS) confirmó que comenzará a cobrar impuestos al uso de billeteras virtuales a partir del 2025. Todos los usuarios que las utilicen con fines comerciales deberán abonar un monto determinado presentan el formulario específico. 

De esta forma, las billeteras virtuales como Venmo, Cash App y PayPal estarán sujetas a las nuevas formalidades de la entidad gubernamental de impuestos para evitar la malversación de fondos y otros fraudes fiscales. 

IRS confirmó que cobrará impuestos a todas las billeteras virtuales

IRS confirmó que a partir de este año todos los usuarios que utilicen las billeteras virtuales con fines comerciales deberán presentar dichas ganancias en su declaración de impuestos. La medida afecta, principalmente, a los trabajadores independientes o freelance

Deberán completar el formulario fiscal 1099-K para reportar ingresos recibidos a través de plataformas de pago de terceros. Las autoridades establecieron que deberán abonar los impuestos aquellos que reciban USD 5,000 al año o más mediante las plataformas. 

IRS cobrará impuestos a estar billeteras virtuales en el 2025. Fuente: Archivo. 

El nuevo límite forma parte de un plan progresivo para disminuir el monto mínimo, aplicándose el valor señalado para el período fiscal 2024, seguido de una base de USD 2,500 en 2025 y, finalmente, de USD 600 en 2026.

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IRS detectará los siguientes movimientos que deberán ser reportados

El IRS requerirá que se informen todos los ingresos derivados de transacciones comerciales realizadas a través de plataformas de pago. Esto incluye:

  • Pagos por servicios profesionales: si eres freelancer o tienes un negocio y recibes compensación por tus servicios, estos ingresos deberán ser reportados.
  • Ventas de productos: las operaciones vinculadas a la venta de bienes o servicios también estarán sujetas a reporte si alcanzan o superan un umbral anual de USD 5,000.
  • Otros ingresos comerciales: cualquier pago relacionado con actividades profesionales o empresariales, ya sea puntual o recurrente, deberá ser declarado.
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