

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) ha emitido un comunicado clave para un grupo de nuevos jubilados. Estos deben comenzar a recibir pagos de sus Cuentas de Jubilación Individual (IRAs) y planes de retiro401(k) antes de una nueva fecha límite ya establecida el próximo mes.
Quienes no realicen este trámite a tiempo podrían enfrentar sanciones financieras significativas, incluyendo porcentajes de sus ahorros personales para su retiro.

¿Qué jubilados deben cumplir con esta normativa del IRS para no perder su dinero?
Esta reciente notificación del ente fiscal federal aplica para todos aquellos jubilados que hayan cumplido los 73 años en 2024, todavía no hayan realizado su primer retiro de monto mínimo obligatorio (RMD) y posean una de las siguientes cuentas de ahorro:
- IRAs tradicionales
- 401(k)
- 401(b)
- 457(b)
¿Por qué es obligatorio retirar dinero de tu cuenta de jubilación?
Las cuentas de retiro, como las IRAs y 401(k), permiten a los trabajadores ahorrar para el futuro con beneficios fiscales. Sin embargo, el gobierno impone un límite de tiempo para el retiro de fondos y el pago de impuestos sobre esos ahorros.
Por ello, el IRS exige que los titulares de estas cuentas comiencen a retirar un monto mínimo obligatorio a partir de cierta edad.
Si los jubilados no retiran el monto exigido, podrían enfrentar una penalización del 25% sobre la cantidad que debieron haber retirado. Este porcentaje puede reducirse al 10% si el error se corrige en un plazo determinado.
Es importante destacar que las cuentas Roth IRA no están sujetas a este requisito, ya que los impuestos sobre sus contribuciones ya fueron pagados.

Cuál es la fecha límite para realizar este trámite y no perder tu dinero
Los jubilados que cumplieron 73 años en 2024 y no retiraron su primer RMD antes del 31 de diciembre de ese año, deberán hacerlo cómo última instancia el 1 de abril de 2025.
Quienes lo hagan dentro de este plazo deberán realizar un segundo retiro antes del 31 de diciembre de 2025 y reportar ambos retiros en sus declaraciones de impuestos de ese año (que se entregará a comienzos de 2026)
Para evitar problemas, es recomendable consultar con un asesor financiero o revisar el Formulario 5498, que indica el monto del RMD correspondiente. Este documento suele ser emitido a principios de cada año por el administrador de la cuenta.
¿Quiénes pueden aplazar la distribución de su RMD?
Si bien la mayoría de los jubilados deben cumplir con este requisito y realizar su primer retiro de dinero antes de esta fecha límite, existen algunas excepciones:
Aquellos que continúan trabajando y tienen un plan de retiro patrocinado por su empleador pueden retrasar su primer RMD hasta que se jubilen, siempre que su plan lo permita.
Los empleados de escuelas públicas y ciertas organizaciones sin fines de lucro con planes 403(b) anteriores a 1987 pueden tener reglas especiales.
Para asegurarse de cumplir con los plazos y evitar penalizaciones, es recomendable consultar con un asesor financiero o con el administrador de la cuenta de retiro.













