

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de Estados Unidos advierte a todos los beneficiarios del Seguro Social sobre las consecuencias que puede tener en sus prestaciones el tener deudas tributarias inconclusas, recibir una factura de aviso y no comunicarse con el organismo para resolver el pendiente.
En estos casos, las autoridades podrían determinar que un embargo es la próxima acción y, si se cumplieron todas las instancias previas necesarias, las jubilaciones del Seguro Social -por ejemplo- pueden estar sujetas a descuentos mensuales.
El Gobierno podrá ir contra los beneficios del Seguro Social de quienes postergaron este trámite
De acuerdo con lo señalado por la agencia recaudadora en una publicación oficial, es a través del Programa Federal de Gravamen de Pagos (FPLP) que IRS puede recaudar el 15% de los beneficios mensuales sujetos al Titulo II del Seguro Social con el fin de saldar su obligación morosa.
Antes de efectuar esta medida, se envía una factura titulada Aviso Final de la Intención de Embargo y su Derecho a una Audiencia. Al recibirla, el contribuyente debe comunicarse de inmediato con la agencia para trabajar en un acuerdo de pagos que permita brindar una solución alternativa a la deuda.

Desde ese momento, IRS fija un período de 30 días para realizar arreglos con la agencia, de lo contario y si se determina que el bien a embargar serán estos beneficios, comenzarán a sustraerse hasta un 15% de los pagos mensuales del Seguro Social y la medida finalizará cuando se llegue a otro acuerdo o se salde todo el pendiente.
Razones por las que IRS podría liberar esta medida y no quedarse mes a mes con los beneficios del Seguro Social
El Código de Impuestos Internos (IRC) establece que debe levantarse esta medida cuando
- Se paga la totalidad de la deuda
- El período de cobro finaliza antes de que el embargo se emita
- La liberación del embargo ayuda al contribuyente a pagar sus impuestos
- Se firma un Plan de Pago a Plazos y las condiciones impiden que el embargo continúe
- El embargo crea una dificultar económica y debe liberarse porque impide al contribuyente saldar sus gastos básicos para la vida
- El embargo se emitió de forma indebida
“Si no responde a los avisos de cobro de IRS, y no trabaja con el IRS para resolver su deuda tributaria, el IRS puede embargar su propiedad. Aunque usted crea que no adeuda los impuestos citados, aún debe comunicarse con el IRS", indica la agencia.













