Bitcoin: qué impuestos tengo que pagar si compro criptomonedas en la Argentina

Cuál es el verdadero marco regulatorio de las criptomonedas en Argentina.

La demanda de criptomonedas en la Argentina crece a pasos agigantados. Solo en abril, devaluación del peso argentino mediante, el Bitcoin alcanzó un volumen histórico que superó, sólo en Localbitcoins (una plataforma que facilita el intercambio entre particulares de Bitcoin (BTC) por moneda local y Ethereum, XRP y Litecoin), los US$ 2 millones en junio.

Esta demanda genera, obviamente, una mayor cantidad de personas que empiezan su trayectoria en el mundo de las criptos. Y esto deriva en una de las preguntas típicas: ¿tengo que pagar impuestos por esto?

La estructura tributaria argentina es compleja así que no hay una respuesta directa. Y cabe aclarar que las siguientes líneas son a título informativo: lo mejor es consultar directamente con el contador.

Para despejar estas cuestiones, Infotechnology fue directamente a las fuentes y consultó con Marcos Zocaro, contador público de la UNLP, especialista en tributación y autor de “El marco regulatorio de las criptomonedas en Argentina , publicado recientemente en el marco del Centro de Estudios en Administración Tributaria de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA (puede consultarse aquí).

Preguntas típicas

Zocaro cuenta que la pregunta más común que reciben los contadores hoy en relación con los criptoactivos es "¿Cómo y cuánto debo pagar por comprar y vender?". La respuesta no es sencilla, dado que “hoy en día esto no está del todo claro en la Argentina , señala el entrevistado. “Si bien la Ley de Ganancias incorporó en el impuesto a los beneficios derivados de la venta de estos instrumentos, quedan por resolver muchas cuestiones importantes que hacen a la liquidación del impuesto. Y con el resto de los impuestos sucede algo similar.

En el trabajo publicado surge que la regulación de criptomonedas es un desafío para el fisco argentino.

Una lista de impuestos

En resumen, una persona que compra y vende criptomonedas, se puede enfrentar a los siguientes impuestos:

IVA: 

La Ley no lo especifica, pero la doctrina coincide en que la compraventa de criptomonedas no estaría gravada en el impuesto (y por lo tanto no haría falta la inscripción en IVA).

Bienes personales: 

La ley no lo aclara, y acá algunos opinan que la tenencia de criptomonedas está gravada y otros que se inclinan por su exención. No existe una posición unánime: aquella más cercana al fisco dice que los criptoactivos están gravados, mientras que la más alejada sostiene que las criptos son un bien inmaterial, por lo que estarían exentas. En cualquier caso, la opinión generalizada es que eventualmente AFIP va a interpretar que las criptomonedas están gravadas y va a exigir el correspondiente pago del impuesto.

Ganancias:

Las modificaciones que recibió este impuesto en 2019 (como la exención de las ganancias por la venta de títulos públicos y otros valores que cotizan en la Bolsa local) no afectaron a las monedas digitales, que continúan gravadas. 

La ley diferencia, al momento de liquidar, la fuente de la ganancia: si es extranjera, se puede llegar a pagar 15% de alícuota por el Régimen General. Y si esta es argentina, se va a liquidar a través de “cédula de ganancia (más información, aquí); paralelamente, el Régimen General, y, en ese caso, la alícuota puede ser de entre el cinco y el 15%: cinco si la ganancia se dio en pesos, y 15 si se realizó en dólares.

¿Hay  que pagar aunque haya hecho una sola transacción? Si se supera el mínimo de ganancia anual, sí. El autor del informe detalla la fórmula acá

Monotributo: 

No podría encuadrarse la compraventa de criptomonedas en este régimen.

Ingresos brutos:

Sobre este impuesto, que es de naturaleza provincial, las leyes locales no dicen nada. Estaría gravada la venta en caso de que se cumplan una serie de requisitos: la habitualidad (no puede ser algo que se haga una sola vez), la onerosidad (esto se cumple siempre) y la territorialidad (encontrarse en territorio provincial, pero aquí hay problemas: una de las características de las criptomonedas en su desterritorialización). 

La falta de un marco normativo

Zocaro dice que la falta de un correcto y completo marco normativo de toda actividad vinculada con criptomonedas, desde la compraventa hasta su tenencia y minería, representa un inconveniente tanto para el fisco, que no puede recaudar los impuestos correspondientes y tampoco posee herramientas para controlar y auditar las respectivas operaciones, como para los organismos de control, como la UIF y su dificultad operativa a la hora del control de actividades ilícitas como el lavado de activos

Finalmente, esta falta también es un problema también para los contribuyentes y profesionales que los asesoran, que permanecen en un estado de estupefacción al no poder declarar correctamente sus inversiones y demás operaciones que involucren criptomonedas.

Pero estamos en buena compañía. “Esta ausencia casi total de leyes que guíen la actividad en Argentina no es un caso aislado en el mundo, al contrario: la mayoría de los países hoy presentan problemas normativos similares , cierra el entrevistado.

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