SAT | ¿Cómo hago para pagar mis deudas en parcialidades o en un solo pago en diferido?
El organismo tributario del país ofrece la posibilidad de abonar los adeudos fiscales de una forma práctica, a través de un trámite gratuito.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece a los ciudadanos del país que cuentan con dificultades en saldar sus deudas opciones de pago más accesibles que les permitirán estar al día con sus obligaciones tributarias.
El organismo recaudador de México establece la posibilidad de que los contribuyentes puedan pagar sus adeudos fiscales en parcialidades o en un solo pago diferido.
Concretamente, este beneficio del SAT sirve para solicitar autorización para pagar contribuciones y/o aprovechamientos en forma diferida, hasta en 12 meses o en parcialidades hasta 36 meses.
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Los mismos deben presentarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquel en que se haya presentado la declaración, en caso de que se trate de adeudos autodeterminados o en autocorrección fiscal.
Si el caso corresponde a créditos ya determinados por la autoridad, se podrá presentar cuando la misma persona lo requiera. Checa toda la información pertinente en relación a cómo solicitar el trámite de forma presencial y/o virtual, así como también los requisitos que debes cumplir para acceder a este beneficio.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar estos tipos de pago?
Existe un gran número de requisitos y datos que el contribuyente debe presentar ante el SAT para solicitar los pagos en parcialidades o en diferido. El primero de ellos es que el solicitante sea una persona física y/o moral y reúna una serie de condiciones tales como:
- Nombre y razón social de la empresa (si aplica).
- Domicilio fiscal registrado en el RFC.
- Clave del RFC.
- Domicilio para notificaciones.
- Autoridad a la que se dirige.
- Propósito de la solicitud.
- Correo electrónico.
- Firma.
- Documentos que acrediten la representación legal, ya sea poder notarial o carta poder firmada ante testigos y ratificada.
- Para adeudos determinados: número de resolución.
- Para adeudos autodeterminados o en autocorrección: número de operación, fecha de declaración, y detalles sobre pagos previos, actualizaciones, recargos o multas, si aplica.
- Comprobante de pago inicial generado por el sistema de declaraciones (línea de captura).
- Indicar si es en parcialidades (hasta 36 meses) o diferido (máximo 12 meses desde la solicitud).
- Identificación oficial válida.
- Documentos notariales o legales que respalden la representación fiscal (en caso de ser representante o extranjero).
¿Cómo acceder a esta ventaja de forma online y presencial?
A la hora de iniciar este proceso de solicitud de pago, los contribuyentes deberán seguir un procedimiento particular de acuerdo a cómo lleven a cabo el trámite: presencial u online.
Presencial
- Deberán presentar la solicitud en la oficina de recaudación del SAT cercana a su domicilio fiscal o entidad federativa correspondiente.
- Recibirán un escrito libre sellado como comprobante.
- Esperar el formato para pagar al menos el 20% del adeudo, que será enviado por Buzón Tributario o correo electrónico.
- En caso de que se registre faltante de requisitos, el contribuyente tendrá 5 días hábiles para solventarlos tras la notificación.
- Si no cumple o envía información incompleta, la solicitud será rechazada y deberá iniciarse el trámite nuevamente.
- Por último, deberá aguardar la autorización con los formatos de pago o la resolución de no autorización.
Online
- Ingresar al portal oficial del SAT, en la sección Adeudos Fiscales, a través del siguiente enlace. Se requerirá RFC y Contraseña.
- Dirigirse a la sección Servicios por Internet / Servicios o solicitudes / Solicitud y abrir el formulario.
- Completar formulario con los siguientes datos: en descripción del servicio, elegir "Pago a plazos 66 y 66-A CFF"; dirigido a "Administración Desconcentrada de Recaudación"; en asunto, colocar "Pago en parcialidades" o "Pago diferido"; en la opción descripción, especificar parcialidades o fecha de pago diferido;
- Subir documentos en PDF según los requisitos.
- Enviar la solicitud
- Guardar e imprimir el acuse de recepción con el número de folio para seguimiento.
- Revisar la solicitud en un plazo de 15 días hábiles. Si solicitan información adicional, se tendrá un máximo de 5 días hábiles para enviarla. Si no se cumple con el plazo, deberá llevarse a cabo nuevamente el proceso de solicitud.
- Para verificar la respuesta, ingresar al Portal del SAT con el folio en la liga: y consultar las aclaraciones personales. Se deberá acceder a Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta. Una vez allí, capturar el folio y verificar la solución.
- En caso de no obtener respuesta, acudir a las oficinas del SAT para mayor información sobre el trámite.
Para mayor información, checar todos los detalles que comparte el SAT a sus contribuyentes en su sitio web oficial, al cual se puede acceder a través del siguiente enlace.