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El cierre de un nuevo ejercicio fiscal llega acompañado de un anticipo del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que informó el beneficio que tendrán los contribuyentes del país al momento de presentar su Declaración Anual de Impuestos 2025.

En función del anuncio que difundió el SAT a través de sus canales oficiales de comunicación, las personas físicas podrán deducir diversos gastos médicos en su declaración anual, siempre que cuenten con los comprobantes fiscales correspondientes.

Atención: cuáles son los gastos que se pueden deducir

Los contribuyentes que obtengan ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial o profesional, podrán deducir a partir del próximo año gastos médicos.

¿Cuáles son los gastos que se pueden deducir de la Declaración Anual de Impuestos? (Foto: Archivo):
¿Cuáles son los gastos que se pueden deducir de la Declaración Anual de Impuestos? (Foto: Archivo):

Se trata de pagos que las personas físicas tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en cuestión a la hora de presentar su Declaración Anual de Impuestos. En la lista de gastos que podrán deducir, se destacan:

  • Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales.
  • Gastos hospitalarios.
  • Medicinas incluidas en facturas de hospitales.
  • Honorarios a personal de enfermería.
  • Análisis o estudios clínicos.
  • Prótesis.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
  • Lentes ópticos graduados, hasta por un monto de 2 mil 500 pesos.
  • Primas por seguros de gastos médicos.

Otros gastos que se podrán deducir en la presentación de la Declaración Anual

Además de los gastos médicos, existen otras categorías que las personas físicas podrán descontar en su presentación de la Declaración Anual de Impuestos 2025, tales como:

  1. Primas por seguros de gastos médicos.
  2. Colegiaturas.
  3. Transporte escolar.
  4. Aportaciones complementarias para el retiro.
  5. Depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro
  6. Créditos hipotecarios.
  7. Gastos funerarios.
  8. Donativos

Cabe destacar que el monto a deducir no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales, equivalentes a 206,367.60 pesos en 2025, o el 15% del total de los ingresos anuales, incluidos los exentos, es decir, la cantidad que resulte menor.

¿Quiénes no pueden deducir gastos de la Declaración Anual?

La normativa del SAT establece que los contribuyentes que no se encuentran habilitados a deducir gastos personales en su Declaración Anual de Impuestos son aquellas que perciben ingresos provenientes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Tampoco quienes realizan actividades empresariales, enajenan bienes o prestan servicios a través de internet mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, durante el ejercicio 2025, salvo que presenten declaración anual sobre el mismo ejercicio.