

La Segunda Sección del Pleno General del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, TFJA, resolvió un asunto que impacta directamente en la relación entre contribuyentes y el SAT. Se trata del Buzón Tributario y sus notificaciones. En ese sentido, el TFJA determinó que las notificaciones enviadas por el Buzón Tributario tienen plena validez legal.
En la sesión celebrada el 25 de febrero, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, órgano jurisdiccional, concluyó que “las notificaciones enviadas a través del Buzón Tributario tienen validez legal”, al analizar la impugnación presentada por una empresa contra un crédito fiscal millonario.
El fallo establece además que el Servicio de Administración Tributaria, SAT, “cumplió con las formalidades necesarias”, por lo que el acto administrativo quedó firme al haberse presentado el medio de defensa fuera de plazo.

Los antecedentes: un crédito fiscal y una demanda extemporánea
El caso se originó cuando una empresa dedicada a la producción de químicos y polímeros, con sede en Querétaro, impugnó la legalidad de la notificación de un crédito fiscal por 294,868,084.84 pesos, enviada mediante el Buzón Tributario.
La compañía argumentó que la notificación fue indebida y que debía utilizarse el correo electrónico señalado en un recurso previo. Sin embargo, el TFJA recordó que la autoridad realizó la notificación el “2 de abril de 2024” y que la demanda se presentó el “29 de agosto del mismo año”, cuando el plazo venció el “16 de mayo de 2024”.
El criterio del TFJA le dio la razón al SAT y afirmó que actuó conforme a la legalidad
La Segunda Sección determinó que el SAT actuó conforme a derecho y que el procedimiento cumplió con los requisitos legales. De manera expresa, resolvió que “el SAT cumplió con las formalidades necesarias”.
Asimismo, se propuso sobreseer el juicio debido a que la demanda fue presentada de manera extemporánea, lo que jurídicamente implica el consentimiento del acto impugnado y deja firme el crédito fiscal determinado por la autoridad.

El fallo del TFJA pone la responsabilidad sobre el contribuyente
El fallo subraya la obligación de los contribuyentes de mantener actualizados sus medios de contacto electrónicos. El TFJA destacó la importancia de “mantener actualizados sus medios de contacto en el Buzón Tributario”.
También precisó que, al haberse consentido el acto por la presentación tardía del medio de defensa, “el crédito fiscal queda firme y puede ser cobrado por el SAT”, reforzando así el carácter obligatorio y vinculante de las notificaciones electrónicas.















