El cierre del ejercicio fiscal 2025 ha dejado un panorama de incertidumbre en el sector empresarial mexicano. Al vencer el plazo legal el pasado 31 de marzo, miles de personas morales reportaron una experiencia crítica debido a las constantes intermitencias en la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Los fallos técnicos, que incluyeron desde bloqueos en el envío hasta la pérdida total de datos capturados, impidieron que muchas compañías cumplieran con su obligación en tiempo y forma.
A pesar de que las redes sociales y colegios de contadores han documentado este colapso sistémico, la autoridad tributaria no ha emitido ningún decreto de prórroga. Esta falta de flexibilidad coloca a las empresas en una posición de alta vulnerabilidad, ya que el sistema no distingue entre la voluntad de pago y la incapacidad técnica del portal para procesar la información.
Cuáles son los costos por no cumplir con el trámite a tiempo
No haber concretado el envío de la declaración anual conlleva un riesgo fiscal inmediato. Las sanciones económicas por presentación extemporánea parten de los $1,400 hasta alcanzar los $34,730 pesos por cada obligación omitida.
Además, el fisco puede aplicar recargos adicionales que representan entre el 5% y el 10% del ISR determinado, lo que impacta directamente en el flujo de caja operativo de las organizaciones.
El daño colateral trasciende lo impositivo y alcanza la reputación financiera. El SAT notifica estas omisiones a las Sociedades de Información Crediticia, lo que genera una nota negativa en el Buró de Crédito. Para una persona moral, esto se traduce en puertas cerradas ante instituciones bancarias o en el encarecimiento de líneas de financiamiento esenciales para su operación.
Cuándo el vencimiento de la declaración anual para personas físicas
Mientras las empresas gestionan la crisis, las personas físicas tienen como fecha límite el 30 de abril. Aquellos contribuyentes con ingresos por honorarios, actividad empresarial, arrendamiento o salarios anuales superiores a los $400,000 pesos, deben estar alerta.
El régimen de sanciones para este sector es igualmente severo, con multas que pueden llegar a los $28,490 pesos si no se utilizan correctamente los medios electrónicos obligatorios.
La autoridad fiscal asume que la falta de presentación es un acto de evasión fiscal, lo que podría detonar auditorías directas o procedimientos de verificación. Al igual que con las empresas, el incumplimiento de las personas físicas deriva en un historial negativo ante el Buró de Crédito, bloqueando la posibilidad de obtener créditos hipotecarios o automotrices a corto plazo.