Confirmado | Estas son las personas que deberán trabajar en Navidad y esto es lo que les van a pagar
El 25 de diciembre es considerado como día de descanso obligatorio, sin embargo, algunos rubros prestarán servicio por lo que habrá quienes les toque trabajar con normalidad. Conoce los detalles.
El calendario oficial nacional reconoce el 25 de diciembre como día de descanso obligatorio con motivo de Navidad. Tal es así que se declara asueto en todo el país según la Ley Federal del Trabajo (LFT), sin embargo, habrá rubros y sectores comerciales que brindarán servicios, por lo que algunos empleados les tocará cumplir con sus actividades laborales.
Rubros como farmacias y otros comercios esenciales prestarán servicios con atención especial por día no laborable. Por lo que la LFT aclara que el empleador y sus empleados deben coordinar cuál será el personal convocado para laborar en los días feriados.
¿El fin de Carlos Slim?: conoce por qué todos quieren trabajar para esta nueva empresa
En las fechas festivas, y sobre todo en Navidad, todo el país se reúne con sus familias y seres queridos para conmemorar este día especial. Es por ello que la actividad de trabajo y servicios como bancos y escuelas permanecerán cerradas durante todo el martes 25 de diciembre.
Esto es lo que deben pagarte por trabajar en Navidad
Diferente a lo que puede ocurrir con otros feriados o fechas significativas en la historia del país, el 25 de diciembre es inamovible por la conmemoración de la Navidad, una celebración con impacto en gran parte del mundo.
La Ley Federal del Trabajo establece ocho días de descanso obligatorio para los trabajadores al año. Son aquellas fechas que recuerdan actos festivos o acontecimientos históricos del país o a nivel internacional, como este caso.
En México, las personas que les toque laborar en día de feriado obligatorio deberán recibir por ley una remuneración extra junto a su salario. La Ley determina que los trabajadores que "deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple".
Además, si un día de descanso obligatorio cae en domingo, la persona empleadora deberá cubrirle a la persona trabajadora el pago de la prima dominical señalado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo. En este caso, las personas trabajadoras recibirán el triple del salario, por laborar en día de descanso obligatorio, más la prima dominical.