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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es constitucional bajar el aguinaldo de futuros pensionados.
El máximo tribunal determinó que el ajuste no elimina el derecho, sino que modifica su monto dentro de lo que permite la Constitución, con base en principios de sostenibilidad financiera.
Solo aplica a quienes aún no se jubilan
El alcance de la medida es preciso: únicamente impacta al sistema estatal de Zacatecas, de 60 a 30 días al año para quienes se pensionen después de que la reforma entró en vigor.

Quienes ya reciben pensión y quienes adquirieron ese derecho bajo el esquema anterior no se ven afectados. La Corte subrayó que la norma no puede aplicarse de forma retroactiva, lo que protege la certeza jurídica de los pensionados actuales.
Un criterio que podría replicarse en otros estados
La decisión responde a la presión financiera estructural que enfrentan los sistemas de pensiones estatales. El tribunal consideró el ajuste proporcional y necesario para evitar el colapso del sistema de Zacatecas, sin que ello implique violación al derecho a la seguridad social.

La medida aplica exclusivamente al sistema estatal y no modifica esquemas federales como el ISSSTE. Sin embargo, el criterio avalado por la Corte podría abrir la puerta a reformas similares en otras entidades con problemas financieros equivalentes.















