Si tienes una empleada doméstica, debes hacer esto antes de que termine diciembre o recibirás una fuerte multa
La Ley Federal del Trabajo (LFT) es clara respecto del pago de diciembre de todos los rubros de la esfera laboral. Este es el caso de las empleadas domésticas.
Con la llegada del último mes del año, muchos trabajadores esperan con ansias el pago del aguinaldo. Según la LFT, este salario anual complementario es un derecho que las empresas, patrones y empleadores deben otorgar a sus subordinados.
Independientemente del tipo de trabajo que ejecute una persona, debe recibir el aguinaldo en tiempo y forma como indica la ley. En este sentido, las empleadas domésticas también tienen que percibir este dinero que se entrega en diciembre.
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¿Cuándo se paga el aguinaldo a una empleada doméstica y cuánto debe recibir?
Al no haber discriminación por rubros de trabajo y al no excluirlas de la legislación, la LFT indica que las empleadas domésticas deben percibir su aguinaldo en el mes de diciembre y los empleadores tienen hasta el día 20 para hacerlo.
El monto mínimo debe ser de 15 días de salario y así se calcula la cifra para un año trabajado, según la información compartida por la Cooperativa para el Desarrollo Integral para las Personas Trabajadoras del Hogar (CACEH):
Primero hay que dividir el sueldo mensual entre el número de días del mes
Luego, al resultado obtenido se lo debe multiplicar por 15 días
Finalmente, esta última cifra es la que equivale al aguinaldo anual
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¿Cómo hacer la denuncia si no me pagan el aguinaldo a tiempo?
Si un trabajador no recibe el pago del aguinaldo antes o hasta el 20 de diciembre, puede dirigirse a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o a alguno de los tribunales laborales pertinentes a la dirección de la empresa contratante.
Una vez efectuada la denuncia, se puede llegar a un acuerdo con el empleador, pero este puede ser sancionado con una multa de hasta 5000 pesos. Cabe mencionar que el patrón también está obligado a dar los beneficios correspondientes de vacaciones, asuetos y seguridad social.