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El Senado de México aprobó este viernes la reforma constitucional que incorpora un nuevo criterio para la anulación de elecciones federales y estatales.

La iniciativa avanzó apenas un día después de haber recibido el aval de la Cámara de Diputados.

Ahora continuará su trámite en los congresos estatales.

El Congreso aprobó reforma constitucional para anular elecciones en este caso extremo

El proyecto impulsado por el líder de Morena en Diputados, Ricardo Monreal, contempla la nulidad de elecciones en caso de acreditarse la intervención de personas físicas, entidades políticas u organizaciones extranjeras.

El Senado avaló una reforma constitucional sobre nulidad de elecciones por intervención extranjera.
El Senado avaló una reforma constitucional sobre nulidad de elecciones por intervención extranjera.Senado de México

La reforma al artículo 41 de la Constitución fue respaldada por los 85 senadores de Morena y sus aliados de Gobierno, en medio de un fuerte debate con la oposición.

Qué establece la reforma

La iniciativa considera como formas de injerencia extranjera:

  • el financiamiento ilícito
  • la propaganda
  • la difusión sistemática de desinformación
  • la manipulación digital
  • la intervención de gobiernos u organismos de otros países.

De esta manera, las elecciones pueden ser anuladas cuando se compruebe la intervención de agentes extranjeros en los comicios.

Sheinbaum advirtió sobre las elecciones de 2027

La presidenta Claudia Sheinbaum respaldó públicamente la reforma y celebró que el Congreso avanzara con la modificación constitucional.

La mandataria sostuvo además que las elecciones de 2027 podrían enfrentar riesgos de intervención extranjera, en un contexto que el oficialismo considera especialmente sensible para la soberanía electoral del país.

Claudia Sheinbaum confesó que ve riesgo de intervención extranjera en elecciones de México.
Claudia Sheinbaum confesó que ve riesgo de intervención extranjera en elecciones de México.Saúl López Escorcia /Presidenc

Artículo 41, fracción VI

Hasta antes de la reforma constitucional, el Artículo 41, fracción VI determinaba:

La ley establecerá el sistema de nulidades de las elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas y determinantes en los siguientes casos:

  • a) Se exceda el gasto de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado;
  • b) Se compre o adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley;
  • c) Se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas.