La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios tienen derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas de al menos 12 días laborables.
Esta disposición está contemplada en el artículo 76 de la legislación laboral y forma parte de la reforma conocida como Vacaciones Dignas, que entró en vigor el 1 de enero de 2023. No se trata de una medida nueva: la reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022.
La LFT regula las relaciones laborales del sector privado, correspondientes al Apartado A del artículo 123 de la Constitución. Los trabajadores al servicio del Estado se rigen por una legislación diferente.
Cuántos días de vacaciones corresponden según la antigüedad
El artículo 76 establece que el periodo anual de vacaciones aumenta de manera progresiva conforme avanza la antigüedad de la persona trabajadora.
El esquema contempla un incremento de dos días laborables por cada año subsecuente hasta llegar a 20 días:
- Primer año: 12 días de vacaciones.
- Segundo año: 14 días.
- Tercer año: 16 días.
- Cuarto año: 18 días.
- Quinto año: 20 días.
A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumenta en dos días por cada cinco años de servicios.
La reforma de Vacaciones Dignas modificó los artículos 76 y 78 de la LFT y elevó el mínimo de vacaciones de seis a 12 días laborables.
Qué otros derechos tienen los trabajadores durante las vacaciones
El derecho al descanso anual no se limita a la cantidad de días. La Ley Federal del Trabajo establece otras condiciones que deben respetarse.
Cómo deben otorgarse las vacaciones y cuánto se paga
El artículo 78 establece que, del total de vacaciones que le corresponda, la persona trabajadora disfrutará de al menos 12 días continuos, y que ese periodo puede distribuirse en la forma y tiempo que ella decida.
Por su parte, el artículo 79 señala que las vacaciones no pueden compensarse con una remuneración. Si la relación laboral termina antes de que se cumpla el año de servicios, la persona trabajadora tiene derecho a recibir la parte proporcional correspondiente.
Además, el artículo 80 establece una prima vacacional de al menos 25% sobre los salarios correspondientes al periodo de vacaciones.
El artículo 81 dispone que las vacaciones deben concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Asimismo, el patrón debe entregar anualmente una constancia que indique la antigüedad de la persona trabajadora, el periodo de vacaciones que le corresponde y la fecha en que deberá disfrutarlo.