

Un tribunal federal ordenó suspender de forma inmediata los recortes a las pensiones de jubilados de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), por considerar que la drástica reducción de sus ingresos —de entre 44% y 78.5%— pone en riesgo su salud, alimentación y vivienda.
El fallo, emitido por unanimidad por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, revocó la negativa de un juez de distrito y determinó que privar a adultos mayores de una parte sustancial de su pensión equivale a un acto de tortura psicológica.
El caso surge como consecuencia directa de la reforma del artículo 127, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum para limitar las llamadas “pensiones doradas”.
“Tortura psicológica”: el argumento con el que jubilados de la CFE frenaron los recortes a sus pensiones
El punto de quiebre legal llegó cuando el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito analizó la queja interpuesta por los extrabajadores y encontró que el juez de distrito había omitido un elemento fundamental: juzgar el caso con perspectiva de vulnerabilidad hacia las personas adultas mayores.
En su resolución, aprobada por unanimidad, los magistrados establecieron que la pérdida abrupta de entre 44% y 78.5% de los ingresos no es un simple ajuste administrativo, sino una medida que genera “zozobra, incertidumbre e intranquilidad emocional permanente” en personas que ya no tienen posibilidad de reincorporarse al mercado laboral para compensar esa pérdida.
El tribunal fue contundente: esa afectación es equiparable a la tortura o tormento psicológico, lo que hace procedente la suspensión de plano, es decir, la protección urgente e inmediata sin necesidad de esperar el juicio de fondo.

Con ese argumento, revocó la decisión del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en Nuevo León, que había negado la medida cautelar al considerar que los recortes no constituían una pena inusitada ni un acto de tortura física o mental extrema.
Tribunal ampara a jubilados de la CFE: frenan recortes de hasta 78.5% que amenazaban su salud y subsistencia
El grupo de extrabajadores que promovió el juicio de amparo no era homogéneo ni privilegiado: se trataba en su mayoría de adultos mayores con enfermedades crónicas, créditos hipotecarios vigentes y familiares económicamente dependientes de ellos. Para este sector de la población, un recorte de casi la mitad de sus ingresos mensuales no representa un inconveniente, sino una crisis de supervivencia.
En su demanda, los jubilados detallaron con precisión las consecuencias concretas de los recortes: la imposibilidad de costear tratamientos médicos oncológicos en curso, la pérdida de seguros de gastos médicos mayores, la incapacidad para cubrir pagos hipotecarios y la amenaza directa sobre su alimentación diaria.
Argumentaron además que nunca ocuparon puestos de confianza durante su vida laboral activa, por lo que sus pensiones deberían estar protegidas tanto por el régimen transitorio contemplado en la propia reforma como por los convenios colectivos de trabajo pactados previamente con la CFE.
La suspensión ordenada por el tribunal implica que, mientras se resuelve el juicio de amparo en el fondo, la empresa paraestatal deberá restituir los montos recortados y continuar pagando las pensiones conforme a las condiciones originalmente pactadas.















