

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reafirmó que el trabajo doméstico y de cuidados realizado durante el matrimonio o concubinato puede generar derecho a una compensación económica en casos de separación o divorcio.
Esta decisión establece un precedente relevante para reconocer el impacto financiero que enfrentan muchas personas, sobre todo mujeres, que dedicaron su tiempo al cuidado del hogar, hijas e hijos, o familiares dependientes.

El documento oficial de la SCJN titulado “Apuntes sobre igualdad de género. Compensación económica” indica que el objetivo de este mecanismo es reconocer el costo de oportunidad asumido por quienes dedicaron su tiempo principalmente a labores no remuneradas dentro del hogar.
En la práctica, el tribunal evaluará si la dedicación a tareas no remuneradas tuvo un efecto directo sobre la capacidad de generar ingresos o avanzar profesionalmente de la persona que solicita la compensación.
Qué debe probarse para solicitar la compensación y qué tareas reconoce la Corte
El punto esencial por demostrar es que quien solicita la compensación asumió un costo de oportunidad durante la relación, es decir, que no pudo desarrollar plenamente su carrera profesional debido a su dedicación al hogar. La SCJN aclara que las tareas domésticas reconocidas incluyen:
- cocinar, limpiar y hacer compras
- la organización de la economía familiar
- la crianza, educación y acompañamiento emocional de hijas e hijos
- el cuidado de personas con discapacidad o con necesidades de asistencia cotidiana.
Estas labores abarcan no solo lo visible, sino también la gestión y planificación del hogar, así como la atención directa y emocional a los miembros de la familia.
La Corte reconoce que demostrar estas actividades puede ser complejo, dado que muchas decisiones familiares se toman en privado y no generan documentos formales.
Qué pruebas se aceptan y cómo deben analizar los tribunales estos casos
Los jueces pueden valorar distintos medios de prueba, incluyendo:
- testimonios de familiares o terceros
- estados de cuenta o registros financieros
- facturas o comprobantes de gastos
- estudios o estadísticas que evidencien la distribución de tareas en el hogar.
Según el documento oficial de la SCJN, “los acuerdos en la familia frecuentemente se llevan a cabo de manera privada y el desempeño de tales trabajos no necesariamente genera pruebas directas”.
La Suprema Corte establece que los tribunales deben analizar estos casos con perspectiva de igualdad, reconociendo que históricamente las mujeres han asumido una mayor carga de trabajo doméstico y de cuidados.
Al revisar las solicitudes, los jueces deben considerar la dedicación preponderante al hogar, el impacto económico y profesional sobre la persona solicitante, y la relevancia de las labores domésticas en la vida familiar y comunitaria.














