Evitá sanciones

El SAT cobrará multas de hasta 22,400 pesos a quienes no presenten la Declaración Anual 2025: ¿cuál es la fecha límite?

El plazo para presentar la Declaración Anual 2025 que incluye el ejercicio fiscal del año anterior está por vencerse y de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, su incumplimiento es multado por el SAT.

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Ante la proximidad de la fecha límite para la presentación de la Declaración Anual 2025 -correspondiente al ejercicio fiscal del año pasado-  el SAT recuerda que el trámite es de cumplimiento obligatorio tanto para personas físicas como morales y que de no hacerse efectivo, puede cobrar multas de hasta 22,400 pesos. 

La Declaración Anual permite a los contribuyentes reportar sus ingresos, deducciones, retenciones y el pago de impuestos correspondientes al año fiscal anterior, comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. 

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SAT: ¿Cuál es la fecha límite para presentar la Declaración Anual 2025?

El incumplimiento de la presentación de la Declaración Anual 2025 es sancionado por el SAT con  multas de hasta 22,400 pesos. (Foto: FreePik.es)

El SAT estableció plazos diferenciados según el tipo de contribuyente:

  • Personas morales: deben presentar su Declaración Anual antes del lunes 31 de marzo de 2025.
  • Personas físicas: tienen hasta el miércoles 30 de abril de 2025 para cumplir con este trámite.

Las sanciones aplicables a los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones fiscales en los plazos estipulados se inscriben en el marco del artículo 82 del Código Fiscal de la Federación. Las multas, en tanto, pueden ir desde los 1,810  hasta los  22,400 pesos.

Recuerda que algunos contribuyentes están exentos de esta presentación. Se trata de los que pertenecen al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Si sus ingresos provienen de actividad empresarial, servicios profesionales o el uso o goce temporal de bienes y presentan declaraciones mensuales.
  • En caso de realizar actividades en copropiedad, pueden optar por no presentar la declaración anual cumpliendo con sus declaraciones mensuales.
  • Quienes se dedican a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras (AGAPE) y tengan ingresos de hasta 900,000 pesos están exentos de presentar declaraciones mensuales y anuales.
  • Si sus ingresos son mayores a 900,000 pesos pero no superan los 3.5 millones de pesos, pueden omitir las declaraciones mensuales, aunque sí deben cumplir con la anual.

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Paso a paso, cómo presentar tu Declaración Anual 2025

Antes de presentar tu Declaración Anual, debes contar con la documentación necesaria. (Foto: Pixabay)

Si aún no cumpliste con el trámite, esta información te será de utilidad en especial, para evitar multas. En primer lugar, ten en cuenta que el SAT dispone de una plataforma en línea para realizar el trámite. Para presentar la Declaración Anual, es necesario contar con:

  • RFC y contraseña del SAT.
  • Firma electrónica (e.firma).
  • Información sobre ingresos, deducciones y retenciones.

Adicionalmente, el organismo ofrece un simulador en línea que permite a los contribuyentes revisar su información antes de presentar la declaración. Esta herramienta les permite a las personas morales revisar la información precargada en su declaración. 

Desde 2024, el sistema incorpora datos automáticos, tales como:

  • Pagos provisionales efectuados durante el ejercicio.
  • Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) pagada.
  • Retenciones realizadas en ISR sueldos y salarios, ISR asimilados a salarios, ISR arrendamiento e ISR RESICO.
  • Remanentes de ejercicios fiscales anteriores, como pérdidas fiscales y pagos al extranjero.
  • CFDI emitidos por descuentos, devoluciones y bonificaciones.

Si la declaración arroja un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia electrónica en cualquier banco autorizado para contribuciones federales. La actualización del estado de cuenta se reflejará en un plazo de 48 horas. Para declaraciones en cero, la confirmación se realiza en 24 horas.

Finalmente, recuerda que para  "realizar el envío de la declaración, es indispensable contar con la firma electrónica (e.firma) y un servicio de banca electrónica", según advirtió el SAT.

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