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La Suprema Corte de Justicia de la Nación puso fin a una de las principales vías que utilizaban bancos para deslindarse de prácticas abusivas de cobranza. Al resolver el Amparo en Revisión 323/2025, determinó que las instituciones financieras son responsables de registrar ante la CONDUSEF a los despachos de cobranza que contratan, reportar las quejas en su contra y mantener actualizada esa información. El incumplimiento puede derivar en sanciones.

La Suprema Corte confirmó que los bancos sí pueden ser sancionados si sus despachos de cobranza acosan a los usuarios por teléfono

El caso que desencadenó este fallo fue el Amparo en Revisión 323/2025, resuelto por el Pleno de la Suprema Corte el 15 de enero de 2026. En él, una institución financiera impugnó las reglas relacionadas con el reporte de quejas y el registro de despachos de cobranza ante la CONDUSEF, argumentando que esas normas no eran suficientemente claras.

La Suprema Corte descartó ese argumento y concluyó que el sistema normativo sí permite distinguir con precisión las obligaciones aplicables a cada tipo de institución. En términos simples: las reglas existen, son comprensibles y deben cumplirse.

El fallo no elimina por sí solo las llamadas insistentes o intimidatorias, pero sí fortalece el marco legal para exigir mayor control sobre quién cobra, cómo cobra y bajo qué responsabilidad actúa.

El punto más relevante para los usuarios es que el hecho de que la llamada sea realizada por un despacho externo no libera automáticamente a la institución financiera de sus obligaciones. Lo que confirma la resolución es que la entidad financiera debe cumplir con sus obligaciones de registro, reporte y actualización ante la CONDUSEF.

SCJN | La Corte ratificó que las instituciones financieras son responsables de registrar y actualizar la información de los despachos de cobranza ante la CONDUSEF. Fuente: Shutterstock
SCJN | La Corte ratificó que las instituciones financieras son responsables de registrar y actualizar la información de los despachos de cobranza ante la CONDUSEF. Fuente: Shutterstock

Qué es el REDECO y por qué registrarse ahí es ahora una obligación que los bancos no pueden ignorar

El Registro de Despachos de Cobranza (REDECO) es una herramienta de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), que permite identificar qué despachos realizan gestiones de cobro para bancos y financieras.

Tras el fallo de la SCJN, las instituciones están obligadas a registrar y mantener actualizada esta información, reportar las quejas relacionadas con la cobranza e informar si no utilizan despachos externos. Si incumplen estas obligaciones, la CONDUSEF puede imponer sanciones.

Para los usuarios, esto significa mayor transparencia y una vía más clara para denunciar prácticas indebidas de cobranza.

Cobranza y CONDUSEF | El fallo fortalece los derechos de los usuarios ante llamadas intimidatorias y facilita la denuncia de prácticas de cobranza irregulares. Fuente: FreePik
Cobranza y CONDUSEF | El fallo fortalece los derechos de los usuarios ante llamadas intimidatorias y facilita la denuncia de prácticas de cobranza irregulares. Fuente: FreePik

Qué puedes hacer si recibes llamadas de cobranza intimidatorias

Aunque la decisión de la Suprema Corte no eliminará de inmediato las llamadas de cobranza, sí fortalece los derechos de los usuarios frente a posibles abusos. La resolución facilita la presentación de quejas cuando existan prácticas irregulares, como llamadas intimidatorias, insistentes o con información poco clara.

Ante este tipo de situaciones, la recomendación es conservar registros de las llamadas, solicitar la identificación del despacho y de la institución financiera que representa, y acudir a los canales oficiales de la CONDUSEF para denunciar posibles irregularidades.