En esta noticia

El Servicio de Administración Tributaria, SAT, lanzó un aviso contundente dirigido a las y los contribuyentes en México, y va dirigido especialmente a quienes no habiliten su Buzón Tributario ni actualicen sus medios de contacto antes del 31 de diciembre podrían enfrentar sanciones a partir de 2026.

En su comunicado oficial, el SAT y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público remarcaron que el Buzón Tributario es obligatorio para la mayoría de las personas inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, ya que funciona como medio formal de notificación de actos administrativos y requerimientos de información fiscal.

“Recuerda habilitar tu Buzón Tributario y actualizar tus medios de contacto antes del 31 de diciembre. Desde el 1 de enero de 2026, el incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones”, advirtió el SAT, subrayando la importancia de cumplir en tiempo y forma.

Configuración del Buzón Tributario.
Configuración del Buzón Tributario.SAT

¿Qué es el Buzón Tributario y para qué sirve?

El Buzón Tributario es un canal de comunicación electrónica entre el SAT y las y los contribuyentes, diseñado para agilizar notificaciones oficiales, envío de mensajes de interés y la recepción de resoluciones, con plena validez jurídica y mayor seguridad digital.

A través de este medio también se pueden presentar promociones, avisos y dar cumplimiento a requerimientos de información del SAT, lo que reduce trámites presenciales y permite a las personas contribuyentes atender obligaciones fiscales desde cualquier lugar con acceso a internet.

Funciones principales del Buzón Tributario

  • Notificación de actos administrativos y resoluciones.
  • Envío y recepción de mensajes oficiales del SAT.
  • Presentación de promociones, avisos y aclaraciones.
  • Consulta de documentos y comunicados fiscales.

¿Quiénes están obligados a habilitarlo y quiénes no?

El SAT precisó que deben habilitar el Buzón Tributario todas las personas inscritas en el RFC, excepto aquellas personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con actividades suspendidas, así como personas morales en suspensión, para quienes el trámite es opcional.

No obstante, la habilitación será obligatoria cuando se realicen trámites que lo requieran, se hayan emitido CFDI de ingresos o recibido CFDI de nómina en los últimos 12 meses, o se tribute en determinados regímenes fiscales, según el Código Fiscal de la Federación.

¿Qué es el CFDI y por qué es clave en tus deducciones?
¿Qué es el CFDI y por qué es clave en tus deducciones?Gobierno de México

Excepciones y casos especiales

  • Personas físicas sin actividad económica: habilitación opcional.
  • Personas morales con actividades suspendidas: opcional.
  • Asalariados con ingresos menores a 400 mil pesos: pueden optar por no habilitarlo.
  • Contribuyentes con estatus fiscal “cancelado”: exentos.

Días inhábiles, plazos y fundamento legal

El SAT informó que “del 18 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026 se consideran días inhábiles”, por lo que cualquier trámite o promoción presentada en ese periodo se tendrá por recibida el 5 de enero de 2026, conforme a la normativa vigente.

Esta disposición se sustenta en el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación y en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembre, lo que da certeza jurídica sobre los plazos administrativos.

El SAT reiteró que habilitar y mantener actualizado el Buzón Tributario permite evitar multas, recibir notificaciones oportunas y acceder a beneficios digitales, por lo que llamó a cumplir antes del 31 de diciembre para iniciar 2026 sin sanciones ni contratiempos fiscales.