El Código Penal Federal establece sanciones para quienes involucren perros en peleas desde su crianza y entrenamiento hasta la organización de espectáculos de este tipo. El artículo 419 Bis contempla una pena de seis meses a cinco años de prisión y de 200 a 2,000 días multa para determinadas conductas relacionadas con las peleas de perros.
El artículo fue incorporado al Código Penal Federal en 2017 y establece distintas situaciones que pueden generar responsabilidad penal.
Qué dice el artículo 419 Bis sobre entrenar perros para peleas
El artículo 419 Bis establece que será sancionada la persona que críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en una exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole.
Por eso, la conducta sancionada no se limita a los casos en los que exista un beneficio económico.
Qué otras conductas están castigadas por la ley
A su vez, el mismo artículo contempla otras conductas vinculadas con la organización y realización de peleas de perros.
Entre ellas se encuentran:
- Poseer, transportar, comprar o vender perros con el objetivo de involucrarlos en peleas.
- Organizar, promover, anunciar o patrocinar espectáculos que impliquen peleas de perros.
- Vender entradas para asistir a este tipo de espectáculos.
- Poseer o administrar un inmueble donde se realicen peleas de perros con conocimiento de esa actividad.
- Provocar que menores de edad asistan o presencien una pelea de perros.
- Realizar, con o sin fines de lucro, cualquier acto destinado a involucrar perros en una exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea.
También hay sanciones para espectadores y servidores públicos
El artículo establece además que la sanción se incrementará en una mitad cuando se trate de servidores públicos.
Asímismo, la norma también contempla a quienes concurran como espectadores. Quien asista a una exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, sabiendo que se trata de una pelea, incurre en responsabilidad penal.
En estos casos, la ley establece una pena equivalente a un tercio de la prevista en el artículo 419 Bis.