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Durante el proceso de recategorización semestral del Monotributo, que finaliza el 5 de febrero, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sorprendió a varios contribuyentes al mostrar información que hasta ahora no había expuesto públicamente: los movimientos registrados en billeteras virtuales y plataformas digitales de cobro.
Según advirtió el contador Marcos Felice en su blog, ARCA comenzó a exhibir en la sección “Nuestra Parte” los cobros recibidos a través de estas plataformas, cruzándolos con la facturación que cada monotributista declaró durante el último año. Algunos usuarios recibieron incluso una notificación directa: “Tenés cobros registrados en plataformas digitales vinculados a tu actividad. Esta información puede ser útil al momento de recategorizarte”.
Desde el organismo que conduce Andrés Vázquez confirmaron que esta información está disponible para que los contribuyentes “la tengan a consideración a la hora de cumplir con sus obligaciones fiscales”. Sin embargo, la exposición de estos datos generó incertidumbre entre los monotributistas sobre las posibles consecuencias de tener ingresos no declarados.
Monotributo y billeteras virtuales: cuándo hay riesgo de exclusión
Sebastián Domínguez, abogado tributarista y CEO de SDC Asesores Tributarios, aclaró que la detección de cobros en billeteras digitales no implica automáticamente un problema. “No necesariamente esos cobros son por su actividad de monotributista. Puede justificarse por otros conceptos como una donación o la venta de un inmueble, y no tendrá ningún inconveniente por más que le llegue esa información”, explicó.
El especialista detalló que la exclusión del régimen ocurre cuando se superan los topes de facturación de la categoría K —la más alta— o por falta de emisión de facturas. “Si entre lo que facturó y lo que tiene en depósitos en billeteras no supera el límite, no queda excluido. Pero ARCA en algún momento podría darle la baja de oficio porque tiene ingresos no facturados”, advirtió.

La Ley 24.977 establece en su artículo 20 que serán excluidos del monotributo quienes no respalden sus operaciones con las correspondientes facturas o documentos equivalentes.
Monotributo: recategorización de oficio
ARCA también puede recategorizar de oficio a los contribuyentes cuando detecta compras, gastos o acreditaciones bancarias superiores a los ingresos declarados para su categoría. En estos casos, los afectados reciben una notificación en su domicilio fiscal electrónico durante los primeros 10 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de recategorización.
Los monotributistas tienen derecho a presentar un descargo justificando por qué no realizaron el cambio de categoría o por qué permanecieron en un escalafón inferior al detectado por el fisco.
Las nuevas escalas vigentes
Para el primer semestre de 2026, ARCA ajustó los valores del monotributo según la inflación del último semestre (13,5%). La categoría A tendrá un límite de facturación de $10.277.988,13, mientras que la categoría K alcanzará los $108.357.084,05. Estos montos rigen desde el 1° de febrero y la recategorización debe realizarse considerando los ingresos brutos devengados de los últimos 12 meses.














