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El gobierno, a través de la AFIP, obtuvo un fallo favorable en la Cámara de apelaciones en una causa por un embargo de billeteras digitales. Fue, específicamente, la Cámara Federal de la Ciudad de Mar del Plata quien habilitó a AFIP a tomar posesión de una cuenta en la plataforma Mercado Pago.
El objetivo es cobrar deudas impositivas a un contribuyente moroso. La causa se llama "AFIP c/ Kjer Aníbal Omar s/ ejecución fiscal". La justicia afirma que "el auge de la actividad económica y financiera a través del uso de cuentas digitales". Es posible que el fallo siente un precedente que podría afectar a las billeteras cripto.
El caso podría sentar precedente en el sentido de que, a partir de ahora, para la Justicia argentina parte del patrimonio del titular en una cuenta de Mercado Pago y otras wallets digitales sería pasible de confiscación.
Ahora, la Justicia podría considerar a las nuevas tecnologías financieras como parte de la actividad económica y, por lo tanto, como otra posibilidad de convertirse en un medio de evasión fiscal.
Por qué AFIP embargó la cuenta de Mercado Pago
La intención de AFIP es embargar fondos para cubrir una deuda fiscal que tendría el usuario y, a eso, se sumaría un 15% más que iría a cubrir costos legales y de procesos.
Para AFIP, los activos digitalespresentes y futuros que pudiera tener el demandado en una cuenta digital denunciada son, efectivamente, bienes que integran su patrimonio y, además, estos por ley no son inembargables o inejecutables. Cabe destacar que el embargo surge ante el resultado negativo arrojado por el embargo general de fondos y cuentas bancarias y cajas de seguridad, y la inhibición general de bienes dispuestos por el juez. Es decir, AFIP apuntó a las billeteras digitales al no poder realizar el cobro por las vías tradicionales.
El precedente permitiría la investigación tanto de los bancostradicionales y los digitales (ambos operan con licencia bancaria del BCRA) como así también las fintechy las entidades Proveedoras de Servicios de Pago (PSP).
AFIP y criptomonedas: ¿se pueden embargar también?
La apelación generó dudas en el sector cripto ya que, al igual que las cuentas en fintech y en plataformas como Mercado Pago, las criptomonedas también son un bien digital que podría formar parte del patrimonio y, por lo tanto, ser embargable en el caso de que se tenga una deuda con el fisco.
Quiénes más se verían afectados son aquellos usuarios que operan en exchanges, ya que estas empresas realizan tanto procesos de KYC (es decir, recopilan datos personales de sus usuarios) como procesos de compliance con las regulaciones de, por ejemplo, la CNV. Quienes mantienen sus cripto en estas plataformas están relegando la custodia de los activos a un tercero que, en principio, está obligado a colaborar frente a las entidades regulatorias del país.
Distinto es el caso para quienes operan con soluciones no custodiales en cripto. Estas billeteras, como por ejemplo la argentina Muun, no funcionan en la órbita de una empresa regulada sino que son los propios usuarios quienes tienen control del acceso a los fondos de las billeteras. En estos casos, en principio, el Gobierno no podría hacer cumplir la ley sin la colaboración del titular de la wallet.
