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Las transferencias bancarias se han convertido ya en una herramienta financiera imprescindible en el día a día de millones de personas, ya que facilitan múltiples transacciones y evitan tener que hacer largas filas en las sucursales.
A pesar de ser de uso cotidiano y destacar por su rapidez, muchos usuarios no saben que hay palabras que bajo ningún punto de vista se deberían colocar como motivo o concepto de la operación, ya que podrían generar severos inconvenientes con las autoridades fiscales.
¿Cuáles son las palabras que debes evitar en transferencias bancarias?
Tanto los bancos como el organismo de control fiscal (ARCA) vigilan de cerca los movimientos de los contribuyentes. Colocar palabras que el algoritmo detecte como una alerta en los motivos de las transferencias puede activar de inmediato protocolos de prevención de actividades ilícitas.
Según las autoridades, este mecanismo automatizado podría hacer que se cancele la operación, se ordene una investigación profunda o, en los casos más graves, se proceda al embargo de la cuenta. Las palabras y temáticas que se deben evitar a toda costa son:
- Compra de estupefacientes o drogas
- Fraudes
- Robos
- Lavado de dinero
- Sobornos
- Conceptos de carácter sexual o prostitución
- Armas o delitos penales
¿Cuánto se puede transferir o recibir sin tener problemas?
Los organismos tributarios mantienen un monitoreo constante tanto de los egresos como de los ingresos de los contribuyentes. Si bien el uso incorrecto de las palabras en el concepto puede activar una revisión manual, el monto transferido también es un factor determinante para el fisco.
El régimen de información bancaria obligatoria establece diferentes límites según el tipo de operación y si se trata de personas físicas o jurídicas. Estos son los valores vigentes para julio 2026 y que continuarán aplicándose hasta la próxima actualización:
Operaciones para personas físicas
- Transferencias y acreditaciones: hasta $ 50.000.000 mensuales.
- Extracciones en efectivo: hasta $ 10.000.000 mensuales.
- Saldos bancarios al cierre de mes: hasta $ 50.000.000.
- Plazos fijos: hasta $ 100.000.000.
- Tenencias en sociedades de bolsa: hasta $ 100.000.000.
- Compras como consumidor final: hasta $ 10.000.000 mensuales.
- Pagos de cualquier tipo: hasta $ 50.000.000 mensuales.
Operaciones para personas jurídicas
- Transferencias y acreditaciones: hasta $ 30.000.000 mensuales.
- Saldos bancarios al cierre de mes: hasta $ 30.000.000.
- Plazos fijos: hasta $ 30.000.000.
- Pagos de cualquier tipo: hasta $ 30.000.000 mensuales.
¿Qué pasa si superás los límites establecidos?
Superar los montos no implica automáticamente una sanción, pero sí activa un procedimiento de fiscalización. ARCA puede solicitarte que justifiques el origen de los fondos mediante documentación específica:
- Comprobantes de ingresos: recibos de sueldo, honorarios profesionales, facturas emitidas
- Declaraciones juradas: DDJJ de Ganancias, Bienes Personales o IVA
- Constancias de operaciones: contratos de compraventa, escrituras, boletos
- Comprobantes de transferencias: CBU de origen, conceptos de pago
- Documentación de préstamos: contratos con firmas certificadas
Si no podés respaldar adecuadamente el origen del dinero, las consecuencias pueden incluir:
- Sanciones económicas por inconsistencias fiscales
- Bloqueo temporal de cuentas bancarias o billeteras virtuales
- Inicio de un proceso de determinación de oficio para ajustar impuestos
- Inclusión en programas de fiscalización intensiva