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Cuál es el plan de la CNV para regular a las billeteras cripto

La regulación a las criptomonedas dio su primer paso, al publicarse en el Boletín Oficial la creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales. Tendrán que anotarse las billeteras cripto y también otras empresas y personas físicas que oferten criptomonedas y quieran operar en la Argentina.

La regulación a las criptomonedas dio este lunes su primer paso, al publicarse en el Boletín Oficial la creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), donde tendrán que anotarse las billeteras cripto y también otras empresas o personas físicas que oferten criptomonedas y quieran operar en la Argentina. 

Las empresas del sector, que también se convierten en sujetos obligados ante la Unidad de Información Financiera (UIF), aclararon que la regulación no cambia nada para los inversores, sino que está dirigida a las compañías.

Ahora, corre un plazo de 45 días para inscribirse en la Comisión Nacional de Valores, la encargada de supervisar a los PSAV.

El Gobierno trabajó contrarreloj para abrir el registro antes de que culminara hoy la Cuarta Ronda de Evaluación Mutua del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que decidirá en octubre si degrada a la Argentina a su lista gris o si aprueba los estándares de prevención de lavado de dinero y financiación al terrorismo. Esa decisión es clave para que el Estado vuelva a los mercados internacionales y para el perfil crediticio de las empresas locales.

"El sector quiere ser regulado", explicó a El Cronista Roberto Silva, titular de la CNV. "Tenemos la idea de escuchar, entender y después regular. No queremos matar a la industria, queremos proteger a los inversores", agregó.

En un primer momento se inscribirán las billeteras cripto, que ya ofrecen criptoactivos. Pero si el Banco Central decidiera permitir que bancos y ALyCs ofrezcan a sus clientes estos valores negociables, también tendrían la obligación de inscribirse en el registro de la CNV.

"Quienes no estén registrados, no podrán operar en el país", aseveró Silva. La Resolución General N° 994 señala que, a los fines de solicitar su registro, los interesados deberán ingresar en el sitio web del organismo www.argentina.gob.ar/cnv para brindar la información y documentación allí requerida.

El registro comprende a quienes utilicen páginas web, redes sociales u otros medios, direccionando su oferta y/o publicidad a sujetos residentes en la Argentina, que tengan un cierto volumen de operaciones en el país o que utilicen cualquier tipo de tecnología para recibir localmente fondos de residentes en el mismo.

Regulación de las criptomonedas: quiénes deben hacerlo según la CNV

El gran desafío de las autoridades es que las billeteras descentralizadas offshore se inscriban en el registro. Para determinar quiénes tienen que anotarse, la CNV estipuló cinco criterios:

  1. Que utilicen cualquier dominio ".ar" para llevar a cabo sus actividades u operaciones.
  2. Que tengan acuerdos comerciales con terceros o subsidiarias o vinculadas que les permitan recibir localmente fondos u activos de residentes argentinos para la realización de las actividades u operaciones.
  3. Que tengan un claro direccionamiento a residentes en la Argentina.
  4. Que efectúen publicidad claramente dirigida a residentes en la Argentina.
  5. Que su volumen de negocios en la Argentina exceda el 20% de sus negocios.

Quedarán exceptuados de inscribirse en el registro quienes ofrezcan activos virtuales inferiores a 35.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) por mes. Al tipo de cambio de hoy, la cifra asciende a casi u$s 32.000.

El objetivo de la CNV es, luego de los 45 días de plazo de inscripción, pasar a una segunda etapa de supervisión de los PSAV. En el Gobierno quieren que el registro se transforme en una licencia otorgada por el regulador.

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