

La Justicia española dio la razón a la cantante Shakira en uno de los litigios fiscales que mantenía abiertos en España y ordenó a la Agencia Tributaria devolverle alrededor de 60 millones de euros, tras anular las sanciones y liquidaciones vinculadas al ejercicio fiscal de 2011, informó EFE.
La decisión fue tomada por la Audiencia Nacional, que concluyó que Hacienda no logró demostrar que la cantante hubiera residido en España más de 183 días durante ese año, requisito clave para considerarla residente fiscal en el país y obligarla a tributar allí por el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio.
La Audiencia Nacional anuló las sanciones impuestas a Shakira
El tribunal estimó el recurso presentado por la artista contra la resolución de la Agencia Tributaria y del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), al considerar que la Administración no acreditó que Shakira permaneciera en España el tiempo exigido por la ley.
Según la sentencia, la estancia de la cantante en territorio español durante 2011 fue de 163 días y no de más de 183, como sostenía Hacienda. Además, la Sala señaló que tampoco se probó que tuviera en España el núcleo principal de sus intereses económicos ni relaciones familiares que justificaran su residencia fiscal.
Por ello, la Audiencia concluyó que las liquidaciones y sanciones impuestas eran “contrarias a Derecho” y ordenó su anulación.

¿Cuánto dinero deberá devolver Hacienda?
El litigio administrativo giraba en torno a una reclamación de algo más de 55 millones de euros. Sin embargo, el equipo legal de la cantante aseguró que la cifra total que deberá devolver Hacienda supera los 60 millones de euros al sumar intereses y costas judiciales.
La sentencia todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. De hecho, fuentes de la Agencia Tributaria informaron que presentarán recurso y recordaron que la cantante ya había aceptado anteriormente condenas por delitos fiscales correspondientes a los años 2012, 2013 y 2014.
El argumento clave: Shakira no residía en España en 2011
Uno de los principales puntos analizados por la sección cuarta de lo Contencioso de la Audiencia fue el lugar de residencia de la cantante durante 2011. Hacienda sostenía que Shakira residía en España y, por lo tanto, debía tributar en el país. Sin embargo, el tribunal concluyó que no quedó acreditado que tuviera allí su domicilio fiscal.
La Agencia Tributaria también cuestionó si la artista realmente residía en Bahamas, aunque la Audiencia indicó que el hecho de que ese país fuese considerado o no paraíso fiscal era irrelevante, ya que la cantante logró demostrar que permaneció al menos 183 días fuera de España.
Respecto a su relación con el exfutbolista Gerard Piqué, el tribunal aclaró que en 2011 no existía vínculo conyugal ni hijos menores residentes en España, por lo que no había un núcleo familiar legal que pudiera justificar la residencia fiscal de la artista.

Las declaraciones de Shakira y el antecedente de otras causas
Tras conocerse el fallo, Shakira afirmó que “nunca hubo fraude” y sostuvo que la propia Administración “nunca pudo demostrar lo contrario”. Además, expresó su deseo de que la sentencia siente un precedente para Hacienda y lamentó el “señalamiento público” que sufrió durante años.
Su abogado, José Luis Prada, criticó el “modus operandi” de Hacienda y aseguró que el organismo “asfixia a muchos contribuyentes anónimos que no disponen de recursos para defenderse”.
El fallo llega pocos días después de que un juzgado de Barcelona archivara otra causa penal abierta contra la cantante por un supuesto fraude de 6,6 millones de euros correspondiente a 2018, luego de que la Fiscalía y las demás acusaciones solicitaran el cierre del caso.
Además, en 2024 la artista aceptó una multa de 7,8 millones de euros tras reconocer que defraudó 14,5 millones a Hacienda entre 2012 y 2014, acuerdo que le permitió evitar la prisión y un juicio prolongado.














