

En los últimos años, las reformas en materia de pensiones en España han buscado desincentivar el retiro anticipado y prolongar la vida laboral activa.
Incluso, en algunos casos, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede aplicar una reducción permanente de hasta el 17% sobre la pensión mediante el sistema de coeficientes reductores establecidos por la normativa.
En concreto, este porcentaje máximo afecta a quienes acrediten entre 41 años y 6 meses y menos de 44 años y 6 meses de cotización y deciden acceder voluntariamente a la jubilación anticipada con 24 meses de antelación.
¿Cómo se calcula la reducción de la pensión por jubilarse antes de tiempo?
La normativa establece diferentes coeficientes reductores en función del número de meses que el trabajador adelante su jubilación y el periodo total que haya cotizado a la Seguridad Social.
La jubilación anticipada voluntaria permite retirarse hasta 24 meses antes de alcanzar la edad ordinaria, siempre que se cumplan los requisitos establecidos, entre ellos acreditar un mínimo de 35 años de cotización efectiva.
Además, en 2026, la edad ordinaria de jubilación es de 65 años para quienes hayan cotizado, al menos 38 años y 3 meses. Las personas que no alcancen ese periodo deben esperar hasta los 66 años y 10 meses.
Por este motivo, la edad mínima para acceder voluntariamente a la jubilación anticipada puede situarse en los 63 años o en los 64 años y 10 meses, dependiendo de la carrera de cotización.
Los porcentajes generales se distribuyen de la siguiente manera:
- Con menos de 38 años y 6 meses cotizados, la reducción oscila entre el 3,26% y el 21%.
- Con 38 años y 6 meses o más, pero menos de 41 años y 6 meses, se sitúa entre el 3,11% y el 19%.
- Con 41 años y 6 meses o más, pero menos de 44 años y 6 meses, oscila entre el 2,96% y el 17%.
- Con 44 años y 6 meses cotizados o más, la penalización se encuentra entre el 2,81% y el 13%.

De esta manera, el porcentaje concreto dentro de cada grupo depende de cuántos meses se adelante el retiro. Cuanto mayor sea la anticipación respecto a la edad ordinaria, mayor será el recorte aplicado sobre la prestación.
¿En qué caso puede la Seguridad Social recortar un 17% la pensión?
El recorte del 17% puede aplicarse cuando el trabajador ha cotizado entre 41 años y 6 meses y menos de 44 años y 6 meses y decide jubilarse voluntariamente 24 meses antes de la edad ordinaria que le corresponde.
Por ejemplo, una persona que pueda jubilarse ordinariamente a los 65 años y cumpla con ese periodo de cotización podría retirarse a los 63 años. Sin embargo, al adelantar el retiro dos años completos, su pensión quedaría reducida de manera permanente.
Asimismo, esto significa que la penalización no se aplica únicamente durante los dos años que faltan para llegar a la edad ordinaria. El importe reducido se mantiene durante toda la jubilación.
En cambio, si esa misma persona adelanta su retiro solo unos meses, el coeficiente será menor. Dentro de ese tramo de cotización, la reducción mínima puede situarse en 2,96%, dependiendo del número de meses de anticipación.
¿Sobre qué cantidad se aplica el coeficiente reductor?
Una vez calculada la pensión que le correspondería al trabajador según su base reguladora y los años cotizados, la Seguridad Social aplica sobre ese resultado el coeficiente reductor correspondiente.

Por lo tanto, el recorte se realiza sobre la cuantía de la pensión ya calculada y no directamente sobre la base reguladora.
De esta forma, antes de solicitar el retiro, los trabajadores pueden consultar el simulador de jubilación de la Seguridad Social, que permite estimar la fecha en la que podrían jubilarse y cómo variaría la cuantía si adelantan o retrasan el acceso a la pensión.












