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El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de España ofrece una ayuda anual de 525 euros destinada a aquellos pensionistas de jubilación o incapacidad en su modalidad no contributiva (PNC) que no posean una vivienda en propiedad.

De esta forma, una de las claves de la subvención es que este pago único puede compatibilizarse con otras ayudas destinadas al alquiler. El complemento está gestionado por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y por las comunidades autónomas.

La prestación busca aliviar una parte de los gastos de vivienda de los pensionistas no contributivos que residen de forma habitual en un inmueble alquilado. Sin embargo, para acceder al complemento no es suficiente con recibir una pensión no contributiva, ya que también deben cumplirse varias condiciones relacionadas con el contrato y con el propietario de la vivienda.

Oficial y confirmado | La ayuda de 525 euros que pueden cobrar los jubilados con pensión no contributiva: todos los requisitos (Fuente: Freepik)
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Cómo acceder al pago único de 525 euros de la Seguridad Social

Para solicitar el complemento, el interesado debe tener reconocida una pensión de jubilación o incapacidad de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, tanto en la fecha de presentación de la solicitud como en el momento de la resolución.

Además, debe carecer de una vivienda en propiedad y ser titular del contrato de arrendamiento del inmueble en el que reside habitualmente.

Otro de los requisitos establece que el propietario de la vivienda no puede ser el cónyuge o la pareja de hecho del solicitante, ni mantener con él una relación de parentesco de hasta tercer grado.

La vivienda alquilada debe constituir el domicilio habitual del pensionista. Para acreditar esta condición, el contrato de arrendamiento debe tener una duración mínima de un año y el beneficiario debe haber residido en el inmueble durante, al menos, los 180 días anteriores a la solicitud.

Por otro lado, si en una misma vivienda conviven dos o más personas que reciben una pensión no contributiva, solo podrá cobrar el complemento quien figure como titular del contrato de alquiler. En caso de que existan varios titulares, el derecho corresponderá al primero de ellos.

¿Qué se considera vivienda habitual para cobrar la ayuda?

A los efectos de este complemento, se considera vivienda habitual aquella en la que el pensionista reside de forma permanente. Para acreditarlo, el contrato de alquiler debe tener una duración mínima de un año y el solicitante debe haber vivido en el inmueble durante, al menos, los 180 días anteriores a la fecha de solicitud.

De la misma forma, la ayuda está vinculada al domicilio habitual del beneficiario. Por lo tanto, no puede solicitarse para una segunda residencia, un alquiler temporal o una vivienda que no constituya el lugar de residencia permanente del pensionista.

Si en la misma vivienda conviven dos o más personas que reciben una pensión no contributiva, el complemento no se concede de forma individual a cada una de ellas. Solo podrá recibirlo quien figure como titular del contrato de arrendamiento. Cuando existan varios titulares, se reconocerá el derecho al primero de ellos.

Oficial y confirmado | La ayuda de 525 euros que pueden cobrar los jubilados con pensión no contributiva: todos los requisitos (Fuente: Freepik)
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Dónde y hasta cuándo puede solicitarse la ayuda de 525 euros

La solicitud debe dirigirse al organismo competente de la comunidad autónoma en la que reside el pensionista. Por ejemplo, en el País Vasco y Navarra, la gestión corresponde a sus respectivas administraciones forales, mientras que en Ceuta y Melilla el trámite se realiza directamente mediante las direcciones territoriales del Imserso.

El complemento también puede solicitarse de manera electrónica. Para realizar el trámite en línea, es necesario completar el formulario correspondiente y adjuntar la documentación requerida mediante el sistema “Cl@ve”.

Los pensionistas que no dispongan de identificación digital también pueden descargar el formulario y presentarlo ante el organismo competente de su comunidad autónoma.

Además, el plazo para solicitar esta ayuda durante 2026 finalizará el 31 de diciembre. Una vez reconocida, la cuantía se abona en un único pago anual de 525 euros.