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La Unión Europea ha aprobado definitivamente nuevas reglas para coordinar los sistemas de Seguridad Social de sus Estados miembros, una reforma que llevaba cerca de una década en negociación y que afectará especialmente a quienes viven o trabajan en más de un país.

El Consejo de la UE dio este lunes 28 de septiembre su visto bueno definitivo al Reglamento. La reforma había sido propuesta en 2016, alcanzó un acuerdo provisional entre los colegisladores en abril de 2026 y recibió la aprobación del Parlamento Europeo en julio.

Uno de los cambios más importantes afecta al paro de los trabajadores transfronterizos. Cuando hayan trabajado o cotizado durante al menos 22 semanas ininterrumpidas en otro Estado miembro, la prestación por desempleo corresponderá al país en el que desarrollaron su última actividad, siempre que cumplan los requisitos establecidos por su legislación nacional.

La reforma también introduce novedades para los trabajadores desplazados, los cuidados de larga duración, las prestaciones familiares y el acceso a determinadas prestaciones sociales. Sin embargo, los cambios todavía no están en vigor: el Reglamento deberá publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El Consejo de la UE dio la aprobación definitiva a la reforma que coordina los sistemas nacionales de Seguridad Social. Fuente: Pixabay
El Consejo de la UE dio la aprobación definitiva a la reforma que coordina los sistemas nacionales de Seguridad Social. Fuente: Pixabay

La UE cambia quién pagará el paro de los trabajadores transfronterizos

Una de las modificaciones centrales afecta a las personas que trabajan en un país de la UE pero residen en otro. La reforma cambia qué Estado debe hacerse cargo de su prestación por desempleo.

Con las nuevas reglas, si una persona ha desarrollado una actividad (como trabajador por cuenta ajena o propia, o cotizando al sistema correspondiente), durante 22 semanas ininterrumpidas en un Estado miembro distinto del de residencia, podrá recibir el paro del país donde trabajó por última vez, siempre que reúna los requisitos exigidos por la legislación nacional de ese Estado.

La modificación traslada así parte de la responsabilidad económica hacia el Estado que recibió previamente las cotizaciones del trabajador. Hasta ahora, en determinadas situaciones de desempleo total de trabajadores fronterizos, la prestación correspondía al país de residencia.

La reforma resulta especialmente relevante para países con un elevado número de personas que cruzan habitualmente una frontera para trabajar.

Cobrar el paro mientras se busca trabajo en otro país de la UE: qué cambia

La actualización también modifica las condiciones para quienes reciben una prestación por desempleo y se trasladan a otro Estado miembro para buscar trabajo.

El nuevo marco establece un período de seis meses durante el cual podrán seguir percibiendo la prestación procedente del país anterior mientras buscan empleo en otro Estado miembro.

Ese plazo podrá ampliarse, si así lo decide el Estado responsable, hasta que termine el período durante el que la persona tenga derecho a la prestación.

La medida amplía y clarifica así la posibilidad de mantener la protección por desempleo mientras una persona busca nuevas oportunidades laborales dentro de la Unión Europea.

Trabajadores desplazados: habrá que comunicar la actividad antes de empezar

Otro de los grandes cambios afecta a los trabajadores desplazados temporalmente a otro país de la UE.

El acuerdo establece como regla la notificación previa: cuando un trabajador vaya a desarrollar una actividad en otro Estado miembro, las autoridades competentes del país de origen deberán ser informadas antes del desplazamiento.

Sin embargo, existen excepciones. La comunicación previa no se exigirá en determinados viajes de negocios y actividades de corta duración, entendidas en el acuerdo como aquellas de un máximo de tres días consecutivos de trabajo dentro de un período de 30 días consecutivos.

La excepción no se aplicará a los trabajadores de la construcción, para quienes se mantiene la obligación de notificación previa.

La UE refuerza el control contra las llamadas “empresas buzón”

La reforma también busca facilitar la identificación de prácticas abusivas mediante sociedades que tienen una dirección formal en un país pero cuya actividad económica real se desarrolla en otro.

Para determinar dónde está realmente establecida una empresa cuando resulta necesario decidir qué legislación de Seguridad Social corresponde, las nuevas reglas contemplan factores que van más allá de su domicilio registrado.

Entre ellos se encuentran el lugar donde se toman las decisiones esenciales, dónde se genera el volumen de negocio y dónde se celebran las juntas generales, según explica el Parlamento Europeo.

Además, se refuerza la cooperación y el intercambio de información entre las instituciones nacionales de Seguridad Social para detectar errores, fraude y prácticas abusivas vinculadas a este tipo de sociedades.

Qué otras prestaciones de Seguridad Social cambian con la reforma

Entre los principales cambios, el país donde trabaja y cotiza un transfronterizo asumirá su prestación por desempleo si se cumplen determinados requisitos.
Entre los principales cambios, el país donde trabaja y cotiza un transfronterizo asumirá su prestación por desempleo si se cumplen determinados requisitos. Fuente: ShutterstockShutterstock

Las nuevas reglas no se limitan al desempleo. La revisión de la coordinación europea se concentra en cinco grandes ámbitos: prestaciones por desempleo, cuidados de larga duración, prestaciones sociales para personas económicamente inactivas, prestaciones familiares y legislación aplicable a trabajadores desplazados o que desarrollan su actividad en varios Estados miembros.

En materia de cuidados de larga duración, la reforma introduce una definición común y clarifica las reglas bajo las que estas prestaciones deben coordinarse cuando intervienen distintos Estados miembros.

También se actualizan las disposiciones sobre prestaciones familiares. Las normas europeas buscan garantizar que una persona pueda recibir las prestaciones familiares del Estado responsable de su Seguridad Social aunque miembros de su familia residan en otro país de la Unión.

Para los ciudadanos económicamente inactivos, la reforma también aborda el acceso a la cobertura sanitaria. El Parlamento señala que quienes no trabajan ni buscan activamente empleo no deberían verse impedidos de contribuir a un sistema de cobertura sanitaria cuando no dispongan de otra vía para acceder a ella.

Cuándo entran en vigor las nuevas reglas de Seguridad Social de la UE

La aprobación del Consejo del 28 de septiembre de 2026 supone el último paso político de una reforma iniciada hace casi diez años.

La Comisión Europea presentó la propuesta en 2016. Tras años de negociaciones, Parlamento y Consejo alcanzaron un acuerdo provisional en abril de 2026 y el Parlamento Europeo aprobó la revisión en julio. El Consejo acaba de dar ahora la luz verde definitiva.

Esto no significa, sin embargo, que las nuevas reglas ya estén aplicándose. El propio Consejo especifica que el Reglamento entrará en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Por tanto, quienes puedan verse afectados por las modificaciones deberán tener en cuenta tanto la publicación oficial como los períodos de aplicación previstos para las distintas disposiciones.