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La ayuda familiar de 1000 euros que paga la Seguridad Social a quienes cumplan con un solo requisito

La Seguridad Social ofrece una suma de 1000 euros, abonada en un solo pago, para las familias que presenten dificultades económicas. ¿Cómo obtenerla?

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En abril, muchas de las familias que estén pasando por dificultades a causa de la crisis coyuntural, podrán acceder al pago único de una ayuda de 1000 euros que otorga la Seguridad Social.

No obstante, para recibir la asistencia económica se debe cumplir con uno de estos tres requisitos: tener una familia numerosa, monoparental o padres con discapacidad. Estos tres grupos pueden solicitar el subsidio por nacimiento o adopción.

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El Gobierno, por su parte, ha aprobado diferentes tipos de ayudas a las familias para hacer frente a la tasa de variación anual del índice de precios al consumo (IPC) que, en marzo de 2023, cerró en el 3,3%, es decir, 2,7 puntos inferior a la del mes anterior.

La ayuda familiar de 1000 euros que paga la Seguridad Social a quienes cumplan con un solo requisito. (Imagen: archivo)

Seguridad Social: quiénes pueden pedir esta ayuda

Se trata de una ayuda contributiva de pago único, es decir, una prestación económica por nacimiento o adopción de hijo. El pago es de 1000 euros y está dirigido a familias numerosas, monoparentales y con padres con discapacidad. En cada uno de los casos, hay una serie de condiciones a tener en cuenta:

  • En el caso de las familias numerosas, si existe convivencia entre ambos progenitores tendrá que pedirlo la madre. Si los cónyuges no conviven, el beneficiario será el que tenga la custodia del hijo. 
  • En el caso de familias monoparentales, la ayuda irá al progenitor con el que convive el hijo nacido o adoptado.
  • En el caso de madres o padres con discapacidad, la recibirán quienes acrediten una discapacidad igual o superior al 65%. 
  • En el caso de hijos huérfanos de ambos progenitores o adoptantes, o abandonados, serán beneficiarios los tutores legales que se hagan cargo del menor. 

Desde el 16 de noviembre de 2007, se reconoce el subsidio por nacimiento o adopción para aquellos que hayan tenido un hijo o adoptado a partir de esa fecha y cumplan con ciertos requisitos. Uno de ellos es que el nacimiento haya ocurrido en territorio español, o que la adopción haya sido realizada o reconocida por las autoridades españolas.

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Más requisitos para pedir este subsidio

Además de los requisitos mencionados anteriormente para el cobro de los 1000 euros, cabe destacar que el más primordial es el de residir legalmente en territorio español y que la unidad familiar no perciba ingresos anuales superiores al límite establecido. La Seguridad Social especifica los límites:

  • 1 hijo a cargo: 15.011 euros anuales
  • 2 hijos a cargo: 17.112 euros anuales
  • 3 hijos a cargo: 19.214 euros anuales
  • 4 hijos a cargo: 21.315 euros anuales
  • 5 hijos a cargo: 23.417 euros anuales
  • 6 hijos a cargo: 25.519 euros anuales 
  • 7 hijos a cargo: 27.620 euros anuales 
  • 8 hijos a cargo: 29.722 euros anuales 
  • 9 hijos a cargo: 31.824 euros anuales 
  • 10 hijos a cargo: 33.925 euros anuales 

Adicionalmente, los solicitantes no pueden ser perceptores de ninguna otra prestación de la misma naturaleza. Cuando los dos progenitores cumplen los requisitos, sólo podrá uno de ellos solicitar el ingreso extra. Los beneficiarios con derecho a la misma prestación en varios regímenes, deberán optar por uno de ellos.

El pago es de 1000 euros y está dirigido a familias numerosas, monoparentales y con padres con discapacidad. (Imagen: archivo)

Cómo solicitar la ayuda

Los individuos que podrían recibir el subsidio por nacimiento o adopción tienen la opción de solicitarlo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o de manera presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social. La administración será la encargada de verificar que se cumplan con las pautas necesarias.

La ayuda debe solicitarse a partir del día siguiente al nacimiento o adopción, hasta un plazo máximo de cinco años. Más allá de este tiempo se considera que el derecho a la prestación ha prescrito. Una vez solicitada la ayuda, la Seguridad Social tiene un máximo de 45 días para aceptarla o rechazarla.

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