

El Gobierno de España contempla ayudas económicas de hasta 30.000 euros para los propietarios que restauren viviendas vacías y las destinen al alquiler social o asequible. La medida forma parte del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 y establece una serie de requisitos para acceder a las subvenciones.
El Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), regula este programa de rehabilitación con el objetivo de incorporar viviendas desocupadas al mercado residencial a precios asequibles.
ara acceder al programa, las viviendas deben cumplir condiciones relacionadas con su tiempo de desocupación, las características de la rehabilitación y el precio del alquiler posterior.
¿Qué propietarios pueden solicitar las ayudas de hasta 30.000 euros para reformar su vivienda?
El artículo 113 del Real Decreto 326/2026 establece que las subvenciones están dirigidas a la rehabilitación de viviendas vacías que posteriormente se incorporen al alquiler social o asequible. La ayuda se concede de manera individualizada por cada inmueble que reúna los requisitos.

Uno de los principales criterios es que la vivienda haya permanecido vacía durante al menos dos años inmediatamente anteriores a la concesión de la subvención. Esta circunstancia deberá acreditarse conforme a los criterios establecidos por la comunidad autónoma correspondiente o, en su defecto, mediante los consumos asociados al uso de la vivienda.
Además, los propietarios deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Destinar el inmueble al alquiler social o asequible durante un mínimo de cinco años después de su rehabilitación.
- Ajustar el precio del arrendamiento al Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda.
- Inscribir el compromiso de destinar la vivienda al alquiler durante ese periodo mediante una nota marginal en el Registro de la Propiedad.
- Realizar actuaciones de rehabilitación que cumplan los requisitos técnicos previstos en el programa.
La normativa también contempla una diferencia en las cuantías máximas según la ubicación del inmueble:
| Ubicación de la vivienda | Ayuda máxima |
|---|---|
| Régimen general | 30.000 euros |
| Municipios o núcleos de hasta 10.000 habitantes | 35.000 euros |
Estas cantidades representan los límites máximos previstos en el decreto, por lo que no todos los solicitantes recibirán necesariamente el importe completo.
¿Cómo solicitar la ayuda para rehabilitar una vivienda en España?
Los propietarios interesados deberán acudir a los organismos de vivienda de su comunidad autónoma, ya que el artículo 5 del Real Decreto 326/2026 atribuye a estas administraciones la gestión, tramitación, resolución y pago de las subvenciones del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.

Por lo tanto, los interesados deberán comprobar si su comunidad autónoma ha habilitado una convocatoria y cuáles son los plazos y documentos exigidos.
Para iniciar el procedimiento, los propietarios pueden seguir estos pasos:
- Consultar la sede electrónica de la consejería competente en materia de vivienda de su comunidad autónoma.
- Comprobar si existe una convocatoria abierta para la rehabilitación de viviendas vacías destinadas al alquiler social o asequible.
- Revisar los requisitos técnicos y administrativos de la convocatoria.
- Preparar la documentación que acredite la situación del inmueble y las actuaciones de rehabilitación previstas.
- Presentar la solicitud dentro del plazo establecido por la administración competente.
Otro aspecto importante es la compatibilidad con otras subvenciones. El artículo 113 permite combinar esta ayuda con otras destinadas al mismo objeto, excepto las reguladas en el mismo capítulo del decreto. En cualquier caso, el importe total de las ayudas no podrá superar el coste de las obras subvencionadas.
De esta manera, el programa busca recuperar viviendas desocupadas y ampliar la oferta de alquiler asequible, aunque su aplicación efectiva dependerá de las convocatorias autonómicas y del cumplimiento de las condiciones establecidas.














